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Página:ACEC TomoXI LibrosVIyVII SerieII.djvu/453

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LIBRO VIL 441 que luego que os presenteis con este titulo en su cabildo os tomen y rresiban juramento con la solenidad que en tales casos se rrequiere y las fiansas que ubiereis de aser a su satisfacion y asi echo os ayan y tengan por tal algua- sil mayor y usen con bos y con buestros tenientes en estu dicha giudad y puerto y su jurisdision mar y tierra y no con otra persona alguna y os acudan y agan acudir a bos y a ellos con los salarios derechos y aprovechamientos u el debidos y pertenesientes y os guarden y agan guardar las onrras grasias mersedes y framquesas libertades pe- rrogatibas e inmunidades que debeis aber y gosar y os de- ben ser guardadas sin que os falte cosa alguna ni en ello ni en parte dello enbargo ni contradision se os pongan ni consientan poner y a pedimento que yo por la presente en nombre de su majestad os rresibo y e por rresebido al uso y ejersisio del dicho ofigio por el tienpo que fuere mi boluntad en el ynterin que como ba rreferido se benefigia por quenta de su majestad y abeis de acudir gon este titulo al señor lisenciado Don Pedro de Rrojas y Luna oidor desta rreal audiengia para que en birtud de la sedula que tiene de su majestad os señale la cantidad que debeis pagar por rrason del derecho de la media anata y después a los jueses de su rreal asienda para que lo notén y prebengan en los libros rreales lo qual abeis de ejecutar antes de presentaros con este titulo en el cabildo y rrejimiento desta giudad el qual mande despachar firmado de mi mano y sellado con el sello de mis armas y rrefrendado del ynfra- escrito escribano que me asiste a los despachos de gobier no fecho en la ciudad de la trinidad puerto de buenos ayres a treinta y un dias del mes de setienbre de mil y seissientos y sesenta y tres años. — Don Joseph Martines de Salasar — por mandado de su señoria Don Antonio Romero es- cribano — entero el alferes Pedro de Asoca el derecho rrea! de media nata en esta rreal caja de buenos ayres oi sinco de otubre de mil y seis sientos y sesenta y tres años—-consta

El señor Li cent", D. Pedro de Roxas y Lu- na oydor y Juez de media anata.