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AÑO DE 1810
Época de la Independencia


Instrucciones que deben observarse por el Representante de la Junta Dr. Don Juan José Castelli en el Gobierno de la Expedicion á las Provincias Interiores, que se le ha encomendado.

1.a—En todos los pueblos del tránsito confirmará á los habitantes en el patriotismo que los distingue y en la confianza con que deben reposar en el nuevo Gobierno.

2.a—Acordará rápidamente con los Gobernadores el plan de una fuerza armada, la mayor que pueda sostener cada pueblo, á fin de que en un caso desgraciado, encuentre un respaldo respetable y prontos auxilios para ser socorridos.

3.a—Reunirá la fuerza con que los pueblos han socorrido la Expedicion, haciendo los posibles esfuerzos para que en el ingreso al Perú no baje ésta de dos mil doscientos hombres.

4.a—Dejará instrucciones al Cabildo de Jujuy y al Gobernador y Cabildo de Salta, para que hagan acopios considerables de víveres y mulada,