Página:Bancos y moneda. Recopilación de leyes y decretos, 1854 á 1890.djvu/291

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bién una sume infinitomente nnyor retiruda de lo cirenlación por los cientos de miles de inmigrautes que noe llegnn y guardan en sus bolsillos durunte ulgún tiempo FIIS salorins.

Puru no alargar ni complicar estus demostruciones, se suppone nl horerlas, qué suno igunl & In que introducen en imetilico los innigrontes, (que durante algun tjempo cllos guordon, es exportndn por todns los personns de diferentes clases sociales que salen del pnis, entre los que figurnn huen númera de inmigrantes que vinieron durnnte Ins cosechns y vuelven despues de éllns, llevándose Integras sus gnnancias, sin que estas hayan pasado jamús por los bancos, porque ni tiempo pari éllo ban tenido, dodo ln vidn nómade que hacen, Irabnjando ú jornal en tordas partes.

Siendo, pues, evidente que no es posible, humnnomente posible, dentro de los actunles condiciones del mundo civilizado, que tengomos un solo metal, y mucho menos el oro, pora lus necesidndes elistiens de nuestro puis, siendo ademis prudente, no tomar resolución ulgunu definitivu sohre monedos, hosto que la cuestin monetnrin é la órden del diu en todas lus nociones, se resuelvu, y por último, siendo de indispensoble necesidod proveer á nuestra socielacd de los elementos moncturios metúlicos que le falton, el Poder Ejecutivo viene i proponeros leyes, que provenn Irunsitoriamente los unos, con corácter permonente los otrns, i esns necesidodes.

El sistemn lransitorio que se os propone, consiste en muntener Ja ley monetaria nctual conservondo ú lo moneda de oro, su focultad chancelaturio, eniregindole como Duxilior moneda de plata, que no lendri fuerza choncelotorio entre porticulores ó seo curso legol, pero que el estado recibiró en todos sus lesorerfas y receptoríos en pago de inpuestos y de lo que se le udeude.

Este auxilior ó lo moneda de oro, la moneda de plato,