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BANCO CARABASSA Buenos Aires, Setiembre 11 de 1890.

Atento lo informado por la Contaduría de esta Oficina en la solicitud del Bancu Carabassa y C. pidiendo su desincorporación de entre los Bancos Nacionales Garantidos, se RESUELVE: Hacer saber al Banco (Carabassa Cª.

que puede presentar el millón de pesos de su emisfón garantida el dia 13 del ccriente mes á Tesoreríoa para su recuento.

Scñalar el dia lúnes 15 del actual para proceder á su destrucción por el fuego conjuntamente con los cien billetes de $ 1000 c/u que tiene depositados en la tesorería de esta oficina y hacer la entrega del «Titulo provisorio» por valor de un millón de pesos importe de los Fondos Públicos cơmprados de la ley 3 de Novienbre de 1887.

Notifiquese al Bunco recurrente de esta resolución, cítense ú quien corresponda á los cfectos de la quema, comuniquese al Ministerio de Hacienda, publíquese y pase á Contaduría á sus efectos.

L. J. QUINTEROS.

Alberto Aubone.

Secretario Interino.