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DECRETOS Declarando á varios bancos desincorporados de la ley de Bancos Nacionales Garantidos BANCO DE LÓNDRES Y RIO DE LA PLATA Departamento de Hacienda de la Nación.

Buenos Aires, Enero 10 de 1890.

Atenta la solicitud que precede, El Presidente de la República- DECRETA : Déjase sin efecto el decreto de fecha Junio 12 de 1889 incorporando á la ley de Bancos garantidos al Banco de Lóndres y Rio de la Plata y por el cual se le autorizaba ú emitir y circular un millon de pesos ($1.000,000) en los términos de la ley 2216 de 3 de Noviembre de 1887.

A sus efectos, agréguese al expediente núm. 619 B, Sección Bancos, de 1889 y pase á la Oficina Inspectora de Bancos para que proceda á la quema de los billetes en presencia del representante del Banco indicado, prévio abono de todos los gastos ocasionados y fecho vuelva al Ministerio.

JUAREZ CELMAN.

W. PACHECO.

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