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B. CABRERA

rre con los sistemas cartesianos, s se identifican las ecuaciones de transformación de a y D.

La circunstancia que acabo de señalar demuestra que no puede negarse el carácter de vector a una magnitud física de la naturaleza de D; la única conclusión lógica que de aquí se puede deducir es que la definición de vector dada al final del $ 3 no es completa; esto es, se refiere sólo a una clase de estas magnitudes. A ella corresponde, evidentemente, el 1, que figura en la exprexión del trabajo. Por tanto, a la clase de las ntras vectores ha de pertenecer la fuerza, como es fácil comprobar directamente. Consideremos para este fin una fuerza cuyas componentes están definidas por las ecuaciones

du du du AP O dan? eno

Las fuerzas de este tipo se dice que admiten un potencial. Para pasar a un nuevo sistema de coordenadas, el cálculo nos enseña que

JU du dr, du dr, UY dry

ma TT —— a.

ox, Xy dx; 0Xa dí Y ETE dx

que notoriamente corresponde al grupo (8) de transformación,

Existen, pues, dos clases de vectores: los unos se transforman como los segmentos dx, ¿Xa, dx,; de

modo que a, R——— ox",.* Lar o

+ du Ju Qu los otros como las derivadas parciales 9%: 0%"