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DOCUMENTOS INÉDITOS.

á estar á justicia e alegar de su derecho sobre las dichas causas con el dicho nuestro procurador fiscal, con apercibimiento que les hacemos, que si no lo hicieren, en su absencia e rebeldía se verán las dichas cabsas e determinará en ellas lo que fuere justicia, dando fianza los dichos Diego Velázquez ó el defensor de sus bienes en su nombre, e Andrés de Duero e Antonio Velázquez, Diego de Soto, Gonzalo de Guzmán e vos el dicho nuestro gobernador, cuyos bienes por las dichas sentencias paresce haber sido secrestados, cada uno de ellos en cantidad de quinientos pesos de oro, porque sobre determinación de las dichas causas estarán á derecho e pagarán lo sentenciado. Dada en Granada á diez e siete días del mes de noviembre, año del nacimiento de nuestro Salvador Jesucristo de mill e quinientos e veinte e seis años.—Yo el Rey.—Yo Francisco de Cobos, secretario de su cesárea e católica Majestad, la fice escrebir por su mandado.

Y en las espaldas de la dicha carta estaban escritos los nombres siguientes:

Episcopus Oxonensy.—Dotor Caravajal.—Episcopus Canarie.—Episcopus Civitatensy.—Registrada, Juan de Samano.—Dotor Beltrán.—Antón Gallo, chanciller.

La cual dicha provisión asimismo mandó que se notifique á Antonio Velázquez, vecino de esta dicha cibdad, e á Manuel de Rojas vecino de la villa de San Salvador.