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TRATADO PARTICULAR
Entre el Estado de Chile y el de las Provincias unidas del Rio de la Plata.
(5 de Febrero de 1819).

El Exmo. Señor Director Supremo del Estado de Chile y el Exmo. Señor Director Supremo de las Provincias Unidas del Rio de la Plata, en uso de las facultades que les conceden las Constituciones provisorias de sus respectivos Estados, deseando poner término a la dominacion tiránica del Gobierno Español en el Perú, y proporcionar á sus habitantes la libertad é independencia de que tan injustamente se hallant despojados; todo por medio de una expedicion dirigida en la forma y términos mas convenientes al logro de esos importantes objetos, han resuelto proceder á la conclusion de un Tratado particular sobre el asunto.

Por lo cual, las Partes Contratantes han nombrado por sus Plenipotenciarios á saber:

El Exmo. Señor Director Supremo del Estado de Chile al Señor Coronel Don Antonio José de Irisarri, Sub-Oficial de la Legion de Mérito de Chile y su Ministro de Estado;

Y el Exmo. Señor Director Supremo de las Provincias Unidas del Rio de la Plata al Señor Don Gregorio Tagle, Ministro de Estado en los departamentos de Gobierno y Relaciones Exteriores,