las tales disputas, y no es extraño, cuando la devocion y el espíritu de cuerpo han dejado el puesto á la descreencia, y á la sed de provecho personal.
En los libros de Actas del Ayuntamiento de México, correspondientes á los años de 1524 á 1542, únicos que han estado á mi alcance, nada hay referente á representaciones sacramentales; pero sobran pruebas de su antigüedad entre nosotros. Ya el austero D. Fr. Juan de Zumárraga, primer obispo de México, «habia vedado, por causas justas que le movieron, los bailes y danzas profanas y representaciones poco honestas, que se hacian en la procesion general de la fiesta de Corpus Christi, donde tanta atencion y reverencia se requiere. Y aun, para dejar más fundada esta reformacion, juntamente on una muy provechosa doctrina cristiana que él mismo compuso, hizo imprimir un tratado de Dionisio Cartujano, del modo cómo se deben hacer las procesiones con reverencia y devoción.»[1] Existe, en efecto, ese tratado, y no una sola edicion de él, sino dos: en la segunda, más copiosa, é impresa probablemente en 1544 ó 1545, añadió el Sr. Zumárraga un apéndice, del cual extractamos lo que hace á nuestro propósito, no solo como dato histórico, sino tambien para muestra del vigoroso y castizo estilo de aquel venerable varón, tan calumniado como digno de respeto. Dice asi: «Y cosa de gran desacato y desvergüenza parece que ante el Santísimo Sacramento vayan los hombres con máscaras y en hábitos de mujeres, danzando y saltando con meneos deshonestos y lascivos, haciendo estruendo, estorbando los cantos de la Iglesia, representando profanos triunfos, como el del Dios del Amor, tan deshonesto, y aun á las personas no honestas, tan vergonzoso de mirar; cuánto más feo en presencia de nuestro Dios; y que estas cosas se manden hacer, no á pequeña costa de los naturales y vecinos, oficiales y pobres, compeliéndolos á pagar para la fiesta. Los que lo hacen, y los que lo mandan, y aun los que lo consienten, que podrían evitar y no lo evitan, á otro que Fr. Juan Zumárraga busquen que los excuse. Y por estas burlerías, y por nuestros pecados permite Dios tantas herejías cerca de este Santísimo Sacramento. En verdad, corazón lastimado que teme el castigo de Dios, hace decir esto. Y si después de visto y entendido este tratado, alguno osase favorecer estas cosas así condenadas, yo me escandalizaria del tal, y le ternia
- ↑ Mendieta, Historia Eclesiástica Indiana, lib. V. pte. I, cap. 29. La primera edicion del tratado es de 1544; la segunda, impresa con los mismos caractéres, no tiene fecha: ambas son en 4°, letra gótica, y salieron de las prensas de Juan Cromberger.