no sé por quién, y no seria en poco perjuicio de su alma, y de la doctrina que se enseña á estos naturales. Y por solo esto, aunque en otras tierras y gentes se pudiese tolerar esta vana y profana y gentílica costumbre, en ninguna manera se debe sufrir ni consentir entre los naturales de esta nueva Iglesia. Porque como de su natural inclinacion sean dados á semejantes regocijos vanos, y no descuidados en mirar lo que hacen los españoles, antes los imitarian en estas vanidades profanas, que en las costumbres cristianas. Y demás de esto hay otro mayor inconveniente por la costumbre que estos naturales han tenido de su antigüedad, de solemnizar las fiestas de sus ídolos con danzas, sones y regocijos, y pensarían, y lo tomarian por doctrina y ley, que en estas tales burlerías consiste la santificacion de las fiestas; y solo este inconveniente es bastante para que no haya semejantes vanidades en esta nueva Iglesia. Mas que todo se haga á honra y servicio de Jesucristo, á quien sea la gloria para siempre. Amen.»
Severo en verdad se muestra el Sr. Zumárraga en su censura de los regocijos que solían añadirse á las fiestas religiosas. Llevado de su celo, y juzgando por los abusos que presenciaba, no se detenia en condenar absolutamente todo lo que no fuera ceremonia religiosa, prescrita por la Iglesia. Su opinion, sobre todo en lo relativo á la influencia perjudicial de tales espectáculos en la fe de los conversos, es contraría á la que antes hemos manifestado, conformándonos con la de todos los misioneros. Mas no es imposible conciliarias. La descripcion misma que el Sr. Zumárraga hace de los festejos que reprueba, patentiza que eran indecorosos y censurables. No hallamos tales vicios en las fiestas de los misioneros, sino antes bien regocijo honesto y útil enseñanza. El celoso obispo se refiere claramente á ciertas solemnidades de los españoles, y esas prohibió con justicia, porque danzas deshonestas, máscaras, trueques de trajes y farsas del triunfo del Amor profano, no podian ménos de ser de dañoso ejemplo para los naturales, y no eran de permitirse nunca. Pero de esto á la representacion devota de asuntos sagrados para instruccion de un pueblo que no sabia leer, hay distancia infinita, y el abuso no es regla para condenar también el uso provechoso.
La prohibicion del Sr. Zumárraga continuó en vigor hasta su muerte, acaecida el 3 de Junio de 1548. En la sede vacante volvió á permitir el cabildo los bailes y representaciones de la fiesta del Corpus; y á este propósitp cuenta un antiguo cronista, que estando todo dispuesto para dar principio á la funcion, y aparejados los repre-