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Constitucion

ella sus miembros en los meses restantes del año.

32. Cada sala será privativamente el juez para calificar la eleccion de sus miembros.

33. Nombrará su presidente, vice-presidente, y oficiales: señalará el tiempo de la duracion de unos y otros, y prescribirá el órden para los debates, y para facilitar el despacho de sus deliberaciones.

34. Ninguna de las salas comenzará sus funciones, mientras que no hayan llegado al lugar de las sesiones, y se reunan en cada una de ellas dos terceras partes de sus miembros; pero un número menor podrá compeler á los que no hayan concurrido á verificarlo, en los términos, y bajo los apremios, que cada sala proveerá.

35. Los senadores, y representantes, jamas serán responsables por sus opiniones, discursos, ó debates.

36. Tampoco serán arrestados por ninguna otra autoridad durante su asistencia a la legislatura, y mientras vayan, y vuelvan de ella; excepto el caso de ser sorprendidos infraganti en la ejecucion de algun crimen, que merezca pena de muerte, infamia, ú otra aflictiva, de lo que