Página:Constitución de las Provincias Unidas en Sudamérica (1819).djvu/74

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las que de nuevo se meditan, y goza de un veto moderado. Así és, como esta suprema magistratura tiene en sus manos todos los resortes del gobierno; y asi es tambien, como se halla autorizada para reprimir la audacia de los prevaricadores, que con ultrage de las leyes procuran ser autores de una política subversion.

Con sobrado acuerdo no quiere la constitucion, que el Supremo Director del Estado tenga la iniciativa de las leyes, ni menos un veto absoluto. Nada sería tan peligroso, como el revestirlo de estas prerrogativas. ¿Que otra cosa produciria esa iniciativa sino tener siempre subordinado el exercicio de la legislatura á los antojos del Executivo? Y ese veto absoluto que nos daria por resultado, sino abrir la puerta á la discordia; tentar al gobierno para que invada en su totalidad lo que ya en parte le pertenecia; y corromper los miembros que puedan oponerse á su ambicion? Cierto és que el que tiene en sus manos las riendas del gobierno, y que como á un centro comun llama todas las partes de la administracion, debe conocer todas las necesidades del estado y promover los medios que influyen en su alivio; pero es en fuerza de estas mismas consideraciones, que la constitucion le autoriza para proponer proyectos conformes á su carácter, á sus costumbres, á su presente situacion, y aun á próducir un veto moderado, que no pasando de una simple censura es mas análoá la naturaleza de su poder.lapper go A las dos instituciones sociales, de que hasta aqui hemos hecho mencion, añadió el Congreso Constituyente una Corte Suprema de Justicia con la investidura del poder judicial.

Razones no menos poderosas que las pasadas dieron nacimiento á esta separacion. Un legislador y juez á un mis