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Página:Constitución del Estado de Nuevo México 1910 español.pdf/223

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Artículo XXII – Plan

ciales del territorio se utilizarán como emblemas de las cortes correspondientes, de los funcionarios y las juntas oficiales en el estado; y para cualquier corte nueva, cargo o junta establecida por esta constitución, se podrá aprobar un sello por el juez de dicha corte o por la persona que esté ocupando el cargo por dicha junta. Sección 10. [Causas pendientes.] Toda causa, acusación formal del jurado acusatorio, todas las causas penales, fianzas, procesos, asuntos y procedimientos pendientes en cualquiera de las cortes del territorio de Nuevo México, al organizarse las cortes que en esta constitución se establecen, transferirán y se procederá a la determinación en dichas cortes de jurisdicción similar o en cortes de jurisdicción correspondiente. Y todas las causas civiles e infracciones penales que se hayan iniciado, o si se haya planteado acusación formal, estarán sujetas a la acción, procedimiento, acusación formal y reexamen en las cortes apropiadas del estado, del mismo modo y al mismo grado como si el estado hubiera sido creado y dichas cortes se hubieran establecido antes de que dichas causas se acumu223