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do mi difunta mujer doña Francisca, tía segun- da de la expresada doña Tiburcia, con la cual se hallaba, en tercer grado de consanguinidad, ocurro a la piedad de V.S. a fin de que tenien- do presentes los justificados motivos que se ha alegado, se sirva concederme la dispensa nece- saria para proceder a dicho matrimonio; por tanto
«A V. $. pido y suplico, se sirva hacerme la merced y gracia, que llevo expresada, y parece de justicia, que pido, y juro ete.
«Pablo Tompson. »
No obstante estos y otros errores de detalle, el episodio principal, conservado por la tradición fa- miliar y recogido por el diligente tradicionista, está en las costumbres de la época, ballándose abonada su verosimilitud, ya que no su veridici- dad, por el hecho de que Pablo Thompson, padre de Martín, falleció en 1787, y de que su esposa ingresó efectivamente al convento de las capu- chinas en 1790, muriendo allí en 1815, sin llegar, no obstante, a ser abadesa, como lo afirma asi mismo fantásticamente la tradición. (Informes