La razon del primer reglamento no tiene necesidad de ser explicada: la segunda es un negocio de política. Así no era permitido tener los Comicios los dias de feria ó de mercado en los que las gentes del campo viniendo á Roma á sus negocios, no tenian tiempo para detenerse aquel dia en la Plaza pública. Por lo que toca á la tercera, el Senado tenia la brida á un Pueblo fiero y revoltoso, y templaba á propósito el ardor de los Tribunos sediciosos; pero estos halláron mas de un medio para librarse no una vez sola de semejante opresion.
Las leyes y la eleccion de los Gefes no eran solamente los puntos sujetos al juicio de los Comicios. Habiendo usurpado el Pueblo Romano las mas importantes funciones del Gobierno, se puede decir que la suerte de la Europa se arreglaba en estas Asambleas. Esta variedad de objetos daba lugar á las diversas formas que tomaban estas juntas según las materias que se habian de tratar. Para juzgar de estas diversas formas, basta compararlas. Rómulo instituyendo las Curias se propuso contener el Senado por el Pueblo, y el Pueblo por el Senado, dominando igualmente á todos. El dio al Pueblo por esta forma toda la autoridad del número para balancear la del poder y riquezas