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Página:El contrato social (1819).djvu/47

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SOCIAL.

Esto no es decir que las órdenes de los Gefes no puedan pasar por voluntades generales, mientras que el Soberano libre para oponerse á ellas no se oponga. En este caso del silencio universal, se debe presumir el consentimiento del Pueblo; pero esto ya se explicará mas largamente.




C A P I T U L OI I.


Que la Soberanía es indivisible.

Por la misma razon que la Soberanía es inagenable, es tambien indivisible; por que ó la voluntad es general ó no lo es[1] ó es la del cuerpo del Pueblo ó solamente de una parte. En el primer caso, esta voluntad declarada es un acto de Soberanía, y hace ley: en el segundo no es mas que una voluntad particular, ó un acto de Magistratura, y entónces quando mas es un decreto.

Pero nuestros Políticos no pudiendo dividir la Soberanía en su principio, la dividen en su objeto, supuesto que la dividen

  1. Para que una voluntad sea general, no siempre es necesario que todos los votos se cuenten; toda exlusion formal destruye la generalidad.