no se arrogaron jamas el derecho de hacer pasar una ley por su propia utilidad. Nada de lo que os proponemos, decian ellos al Pueblo, no puede ser ley sin vuestro consentimiento. ¡Romanos! sed vosotros los autores de las leyes que deben hacer vuestra felicidad. El que forma las leyes, no tiene ó no debe tener algún derecho legislativo, y el Pueblo mismo aunque quisiera no se puede privar de este derecho incomunicable, por que según el pacto fundamental no es sino la voluntad general la que obliga á los particulares, y no se puede jamas asegurar que una voluntad particular sea conforme á la general, sino despues de haber pasado por los libres votos del Pueblo; ya he dicho esto otra vez, pero no sera inútil repetirlo.
Así es que se hallan á veces en la obra de la legislacion dos cosas que parecen incompatibles, á saber: una empresa superior al hombre, y para su execucion una autoridad que no es nada.
Otra dificultad que merece atencion. Los Sabios que quieran hablar al Vulgo otro lenguage que aquel de que ordinariamente usa, no podran ser entendidos por que hay mil ideas que no es posible traducir al idioma del Vulgo ó Pueblo. Las miras harto generales y los objetos