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Página:El contrato social (1836).djvu/15

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fuerza que supera á la anterior sucede al derecho de esta. Luego que impunemente se puede desobedecer, se hace legítimamente: y teniendo siempre razon el mas fuerte, solo se trata de hacer de modo que uno llegue á serlo. Segun esto, en que consiste un derecho que se acaba cuando la fuerza cesa? Si se ha de obedecer por fuerza, no hay necesidad de obedecer por deber; y cuando á uno no le pueden forzar á obedecer, ya no está obligado á hacerlo. Se vé pues que esta palabra derecho nada añade á la fuerza, ni tiene aqui significacion alguna.

Obedeced al poder. Si esto quiere decir, ceded á la fuerza, el precepto es bueno, aunque del todo inútil; yo fiador que no será violado jamás. Todo poder viene de Díos, es verdad: tambien vienen de él las enfermedades; se dice por esto que esté prohibido llamar al médico? Si un bandido me sorprende en medio de un bosque, ¿se pretenderá acaso que no solo le dé por fuerza mi bolsillo, sino que, aun cuando pueda ocultarlo y quedarme con él, esté obligado en conciencia á dárselo? pues al cabo la pistola que el ladron tiene en la mano no deja de ser tambien un poder.

Convengamos pues en que la fuerza no constituye derecho, y en que solo hay obligacion de obedecer á los poderes legítimos. De este modo volvemos siempre á mi primera cuestion.