ma los tribunos del pueblo; á veces para sostener el gobierno contra el pueblo, como en la actualidad en Venecia el consejo de los diez; y á veces para mantener el equilibrio por una y otra parte, como hacian los eforos en Esparta.
El tribunado, no es una parte constitutiva del estado, y no debe tener ninguna porcion del poder legislativo ni del ejecutivo: pero por esto mismo es mayor su poderío; porque sin poder hacer nada, puede impedirlo todo; y es mas sagrado y reverenciado, como defensor de las leyes, que el príncipe que las ejecuta y que el soberano que las da. Vióse esto con evidencia en Roma, cuando estos orgullosos patricios, que siempre despreciaron á todo el pueblo, se vieron precisados á humillarse delante de un simple oficial del pueblo, que no tenia ni auspicios ni jurisdiccion.
El tribunado, atemperado sabiamente, es el mas firme apoyo de una buena constitucion; pero por poca fuerza que le sobre, todo lo trastorna: en cuanto á la debilidad, no le es natural; y con tal que sea algo, nunca es menos de lo que debe ser.
El tribunado degenera en tiranía cuando usurpa el poder ejecutivo, del cual solo es moderador, y cuando quiere ser autor de las leyes que solo debe proteger. El enorme poder de los eforos, nada peligroso mientras que Esparta conservó sus costumbres, aceleró la corrupcion de estas una vez comenzada. La sangre de Agis, derramada por estos tiranos, fué