Página:El contrato social (1836).djvu/175

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vengada por su sucesor: el crímen y el castigo de los eforos apresuraron igualmente la pérdida de la república; y despues de Cleomenes, ya Esparta no fué nada. Roma pereció tambien por la misma causa: el escesivo poderio de los tribunos, usurpado por grados, sirvió en fin, con la ayuda de las leyes establecidas en favor de la libertad, de salvaguardia á los emperadores que la destruyeron. En cuanto al consejo de los diez en Venecia, es un tribunal sanguinario, detestado tanto de los patricios como del pueblo, y que lejos de protejer decididamente las leyes, solo sirve, despues de envilecerlas, para descargar tenebrosamente unos golpes que nadie se atreve á percibir.

El tribunado, del mismo modo que el gobierno, se debilita por la multiplicacion de sus miembros. Cuando los tribunos del pueblo romano, en número de dos al principio, y despues de cinco, quisieron doblar este número, el senado se lo permitió, seguro de contener á los unos por medio de los otros; lo que no dejó de suceder.

El mejor medio para prevenir las usurpaciones de un cuerpo tan temible, medio de que hasta ahora ningun gobierno se ha valido, seria el de no hacer este cuerpo permanente, sino determinar los intervalos durante los cuales deberia quedar suprimido. Estos intervalos, que no deben ser tan grandes que dejen tiempo para que se arraiguen los abusos, pueden ser establecidos por la ley, de modo que