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Página:El contrato social (1836).djvu/88

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De todas estas diferencias nacen las diversas relaciones que el gobierno debe tener con el cuerpo del estado, segun las relaciones accidentales y particulares que modifican este mismo estado. Pues á veces el gobierno que en si sea el mejor, llegará á ser el mas vicioso, si sus relaciones no se alteran segun los defectos del cuerpo político al cual pertenece.

CAPÍTULO II.
Del principio que constituye las diferentes formas de gobierno.

Para esponer la causa general de estas diferencias, el príncipe se ha de distinguir ahora del gobierno, como antes el estado se ha distinguido del soberano.

El cuerpo del magistrado se puede componer de un mayor ó menor número de miembros. He dicho ya que la relacion del soberano á los súbditos es tanto mayor cuanto mas numeroso es el pueblo; y por una evidente analogía, puedo decir lo mismo del gobierno con respecto á los magistrados.

Mas como la fuerza total del gobierno es la del estado, no sufre variacion; de lo que se sigue que cuanta mas fuerza emplee para obrar sobre sus propios miembros, menos le quedará para obrar sobre todo el pueblo.

Luego cuanto mas numerosos son los magistrados, tanto mas débil es el gobierno. Co-