Página:El contrato social (1836).djvu/87

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bierno tenga una existencia, una vida real que le distinga del cuerpo del estado; paraque todos sus miembros puedan obrar de acuerdo y corresponder al fin para el cual ha sido instituido, es preciso que tenga un ser particular, una sensibilidad comun á sus miembros, una fuerza, una voluntad propia, cuyo objeto sea su conservacion. Esta existencia particular supone asambleas, consejos, facultad de deliberar y de resolver, derechos, títulos, privilegios, que pertenezcan esclusivamente al príncipe, y que hagan la condicion del magistrado mas honrosa á proporcion del trabajo que su puesto le acarrea. La dificultad consiste en la manera de arreglar, dentro del todo, este todo subalterno, de modo que no altere la constitucion general asegurando la suya; que siempre distinga su fuerza particular destinada á su propia conservacion, de la fuerza pública destinada á la conservacion del estado; y que, en una palabra, esté siempre dispuesto á sacrificar el gobierno al pueblo, y no el pueblo al gobierno.

Por otra parte, si bien es cierto que el cuerpo artificial del gobierno es la obra de otro cuerpo artificial y que no tiene en cierto modo mas que una vida prestada y subordinada, esto no impide que pueda obrar con mayor ó menor vigor ó celeridad, y disfrutar, por decirlo asi, de una salud mas ó menos robusta. En fin, sin alejarse directamente del fin de su institucion, puede separarse de él mas ó menos, segun el modo con que esté constituido.