FRONTERA, SOCIEDAD Y cnoncepto generalizado de que "habitando en la campana son menores los gastos"(3”. Asimismo, dice el defensor de un peor; de campo: "(...) Bien se conoce con que m1serfia y _e _scacez se puede mantener una fam1l1a c_on cmco hIJOS con el Jornal de un solo peon, É que umcamente una economia que llegue a tocar los t_ rmmos de la abstinenma puede ser que alcance el prec1_so aumento. Para el vestuamo se hallaran en rec1s1bn de pedmlo de l1mosna o de sol1c1tarlo ha o con poca esperanza de pagarlo <-«-)"(3e) Por otra parte, con respecto a la vivienda, un rancho en el campo no tiene valor alguno porque "aunque se le quiera vender no hay quien compre y cuando quien lo habita se retira de el es preciso abandonarlo"¿33). Si bien son pocos los cinco casos en los que la solicitud de pobreza fue denegada a un peon, interesa conocer las razones aducidas. A un peon mendocino le fue denegada por ocioso y vagabundo, hombre sin oficio ni beneficio, unico caso en que se recurre a esta calificacion tan frecuente en los archivos Judiciales. En Santa Fe el ser sano y mozo es la causa, y lo mismo se aduce en el caso de un peon que hace fideos en Gualeguaychu, es Joven y robusto Un peon de campo de Montevideo, con cinco higos, no fue considerado pobre por actuar a traves de un Procurador, lo que indica posibilidades economicas. En Pilar, un hombre que se mantiene con el Jornal de seis pesos cuando consigue conchavo, posee cuatro o cinco caballos mancarrones y siembra un poco de trigo, tampoco fue considerado pobre. giïgigioAHPBA, Real Audiencia, Informaciones de Pobreza, 1790, , Florencio Villalta contra J.A. Murrieta por abuso de autoridad. Pergamino ¿i323 A-HPBA, Real Audiencia, Informaciones de Pobreza, 1798, 5 110: Antonia Chapela y Manuela Posada contra Jose Carvallo y 1786, 75863: Francisco Pila contra Maria del Carmen Almiron por pago de cueros. Montevideo 933g AHPBA, Real Audiencia, Informaciones de Pobreza, 1790, 5101 ver cita 30. 34-
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