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San Agustín

CAPÍTULO XV

Del premio temporal con que pagó Dios las costumbres de los romanos.


Aquellos á quienes no había de dar Dios vida eterna en compañía de sus santos ángeles de su celestial ciudad, cuyos ciudadanos nos persuade la verdadera religión que no adora con adoración (que los griegos llaman latría) sino á un solo Dios verdadero: si á éstos no les concediera ni aun esta gloria eterna, dándoles un excelente imperio, no les premiara y pagara sus buenas artes, esto es, sus virtudes, con que procuraban llegar á tanta gloria; porque de aquellos que parece practican alguna acción buena porque los alaben y honren los hombres, dice tambien el Señor (1). «De verdad os digo que ya recibieron su recompensa»: así que también éstos despreciaron sus intereses particulares por el interes común, esto es, por la república, y por su tesoro resistieron á la avaricía, dieron libremente su parecer en el Senado por el bien de au patria viviendo inculpablemente conforme á sus leyes y refrenando sus apetitos.

Y con todas estas operaciones, como por un verdadero camino aspiraron al honor, al imperio y á la gloria, y así fueron honrados en casi todas las naciones, fueron señores y dieron leyes á muchas gentes, y en la actualidad tienen mucha gloria y fama en los libros é historias por casi toda la redondez del universo, y, por consiguiente, no se pueden quejar de la justicia del sumo y verdadero Dios, supuesto que en esta parte recibieron su premio.

San Mateo, cap, VI. Amen dico vobis, receperunt mercedem suam.