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cuando ésta tiene gran importancia, por lo que se refiere a su mayor o menor conformidad con el fin republicano Si la forma de gobierno ha de ser, por lo tanto, adecuada al concepto del derecho, deberá fundarse en el sistema representativo, único capaz de hacer posible una forma republicana de gobierno; de otro modo, sea cual fuere la constitución del Estado, el gobierno será siempre despótico y arbitrario. Ninguna de las antiguas repúblicas—aunque así se llamaban—conoció el sistema representativo y hubieron de derivar en el despotismo, el cual, si se ejerce bajo la autoridad de uno sólo, es el más tolerable de todos los despotismos.


SEGUNDO ARTÍCULO DEFINITIVO DE LA PAZ PERPETUA

El derecho de gentes debe fundarse en una federación de Estados libres.

Los pueblos, como Estados que son, pueden considerarse como individuos en estado de naturaleza—es decir, independientes de toda ley externa—, cuya convivencia, en ese estado natural, es ya un perjuicio para todos y cada uno. Todo


    mejor que un Tito o un Marco Aurelio? Y, sin embargo, dejaron por sucesores a Domiciano y a Cómodo. Esto no hubiera podido suceder en una buena constitución, porque era conocida de antemano la incapacidad de ambos para regir el Estado, y tenía el príncipe soberano suficiente poder para excluirlos del gobierno.