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Cayo Cornelio Tácito.

de tanta soberbia, que presuma esperar un renombre de eterna fama? Al uso y á la necesidad ordinaria se acude para que ninguno, por falta de abogados, quede por presa de los más poderosos. No se adquiere de balde la virtud de la elocuencia; ni es cordura desamparar los cuidados propios por desvelarse en los negocios ajenos. Muchos buscan la vida ejercitando la milicia, otros cultivando los campos, y ninguno desea cosa de la cual no tenga ya antevisto el fruto que se le espera. Asinio y Mesala, enriquecidos con los despojos de la guerra entre Antonio y Augusto, y los Eserninos y Aruncios, dejados por herederos de amigos riquísimos, trataron la profesión á lo grande: que tenían también ellos ejemplos aparejados para mostrar con qué recompensa y por cuán altos precios ejercitaron esta arte Publio Clodio y Cayo Curión: que ellos, de los medianos senadores, no pedían otra cosa á la república sino sólo aquello que se debe y puede pretender en tiempo de paz: que hasta el infimo vulgo procura merecer ilustrarse con la toga: mas quitadas las recompensas y premios de los estudios, ¿quién duda de que perecerán también los mismos estudios?» Pareciéronle al príncipe estas razones de algún momento, y sólo quiso que se moderase la cantidad de dineros que se podían recibir, reduciéndolo á 250 ducados (diez mil sextercios) (1); y que de allí arriba quedasen culpados por la ley de residencia.

. En este mismo tiempo, Mitridates (aquel que dije arriba haber reinado en Armenia, que después fué traído á la presencia de Cayo César) volvió á su reino por consejo de Claudio, fiado en las fuerzas de su hermano Farasmanes, (1) La misma cantidad prefinió Nerón, según Suetonio. Muchas veces se repitió esta ley, pues daba lugar á ella la corrupción de los tribunales. Trajano concedió á los abogados esta misma cantidad, con la circunstancia de dar concluídos los asuntos.

Este es también el honorario que señala Ulpiano para la defensa de cada pleito, ley I, de var. et ext. cognt.—Nota de la E. E.