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Marco Tulio Ciceron.

$car la pequeña ventaja de haber expuesto estos preceptos con elegancia, perdamos otra cualidad más apreciable: la de no asentir temeraria ni ligeramente á ninguna cosa. Esto hemos de conseguirlo, ahora y en toda nuestra vida, siempre que nuestras facultades lo permitan. Para no dilatar con exceso el razonamiento, trataré ahora los preceptos restantes.

En el primer libro hemos hablado del género y oficio de este arte, del fin, de la materia, de las partes, de los géneros, de las controversias, de las invenciones, de los estados de la causa y de los juicios, de las partes de la oracion y de sus preceptos. De todo hemos discurrido distintamente, ménos de la confirmacion y de la reprension. Ahora vamos á señalar las fuentes de la confirmacion y la reprension en cada género de causas. Y ya que en el libro I queda dicho, no sin estudio, cómo han de tratarse las argumentaciones, aquí se expondrán sencillamente y sin ninguna xornacion, dándolas ya por inventadas. Todo lo que ahora igamos se referirá á la confirmacion y á la reprensiondecesario es que toda causa demostrativa, deliberativa d judicial se halle en alguno de los estados constitutivos que intes enumeramos, ó en varios á la vez. Hay preceptos comunes á todos, y otros separados y especiales de cada género, dado que no pueden aplicarse los mismos á la alabanza ó vituperio que á la sentencia ó que á la acusacion y recusacion. En los juicios se pregunta qué es lo equitativo; en las demostraciones qué es lo honesto; en las deliberaciones qué os lo honesto y lo úlil, pues el fin de la suasion ó de la disuasion no es la utilidad sola, como algunos han supuesto. Si el fin y objeto de cada uno de los géneros son distintos, tampoco pueden ser iguales los preceptos. No por eso negamos que pueden ocurrir en toda causa los mismos estados, naciendo del mismo fin y género de la causa algun breve discurso demostrativo ó deliberativo dentro de una oracion judicial. Trataremos sobre todo