Ir al contenido

Página:Padro Derechos Civiles de la Mujer 1926.djvu/25

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida
— 23 —

-—2—

For el régimen anterior, la mujer casada no sólo no podía administrar el producido de su profesión u oficio, ni tampoco emplear el fruto de su trabajo en lo que estimase más conveniente, sino que iba mucho más allá el tutelaje marital. En efecto, si la mujer ingresaba al matrimonio con bienes de fortuna, por más que los hubiese ella manejado antes perfectamente, la adminis- tración pasaba a manos del marido, por imperio de la ley. Unicamente podía reservarse la administración de uno sólo de sus bienes raíces que ya estuviese incorpo- rado a su patrimonio o que pensase adquirir con poste- rioridad al acto matrimonial. Pero aun para esto úl. timo era de rigor legal pactarlo previamente, por pres- cripción del inciso 2? del artículo 1217 del Código Civil.

Las convenciones prematrimoniales o capitulacio- nes no habían arraigado en nuestras costumbres, y si la ley las registraba era porque su institución fué toma- da de otras legislaciones. En el derecho español, esas escrituras capitulares fueron en tiempos pasados de uso regular y constante; en ellas se expresaban los b1e- nes que aportaba cada uno de los contrayentes, así como el derecho que éstos se acordaban, recíprocamente, tanto sobre los bienes existentes como sobre los futuros a adquirirse. Entre nosotros, establecía el antes citado artículo 1217 del Código Civil que las capitulaciones únicamente podían tener los cuatro objetos siguientes: a) la individualización de los bienes que cada uno apor- tara; b) la reserva del único bien que la mujer había de administrar; c) las donaciones que el esposo hiciere a la esposa, y d) las donaciones recíprocas que se habrían de hacer los esposos para después de sus fallecimientos.

Y la razón del desuso de las capitulaciones entre nosotros, se explica fácilmente, pues, de sobra sabemos, que la mayoría de los matrimonios que se realizan no obedecen a los cálculos de la mente, sino a los dictados del corazón, y que si bien hay excepciones en lo que se refiere a los primeros, también es bien sabido que los intereseados disimulan su positivismo.