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Obrará como mandataria, desempeñando su cometido de conformidad con lox estatutos o con las resoluciones de las asambleas o de los directorios o comisiones di- rectivas.

Son sociedades o asociaciones comerciales todas las que están regidas por la ley mercantil. Estas entidades, a diferencia de las civiles, que son de un solo tipo, difieren, según el modo de actuar o de operar, el objeto, el grado de responsabilidad de los asociados, ete. Y, así, tenemos sociedades colectivas, que son las que for- man dos o más personas con el fin de explotar un ne- gocio cualquiera, pero a cuyo giro se vinculan las partes componentes con una responsabilidad ilimitada y soli- daria, como lo establece el artículo 301 del Código de Comercio. Son sociedades en comandita, definidas por el artículo 372 del mismo código, las que cuentan con uno o más socios ilimitada y solidariamente responsa- bles de todo el giro social, y con uno o más socios que aportan una determinada suma de dinero, no pudiendo perjudicarse más que en el importe de dicha suma, en los casos de pérdidas o de bancarrota. Y en cuanto a las sociedades de capital e industria, ellas son las que, como su mismo nombre lo indica, se forman entre una persona que suministra el capital y otra u otras que aportan el trabajo personal o los conocimientos técnicos de alguna industria o invento, según lo establece el ar- tículo 383 del código antes citado.

Por último las sociedades cooperativas, así como las sociedades anónimas, son las que se forman mediante un aporte mínimo de capital, representado por un título o una acción, que puede ser nominal o al portador, se- gún lo determinen los respectivos estatutos.

Desde luego, son las asociaciones cooperativas las que más pueden reclamar la atención de la mujer, sobre todo de la mujer obrera; pues son las que con menor aporte pueden rendir mayores beneficios. Pero lo im- portante acá para nosotros es la capacidad que tiene la mujer casada para formar parte de estas asociaciones,