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Lib 1°.
Num. 1.
 

REGISTRO NACIONAL.

BUENOS AYRES ENERO 28 DE 1825.
El Gobierno de la Provincia de Buenos Ayres, como encargado del Poder Ejecutivo Nacional por el Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas Del Rio de la Plata, ha acordado y decreta.

1.º Por el Departamento de Gobierno se establecerá un Registro Nacional.

2.º En este Registro se insertarán todas las leyes y decretos que emanen del Congreso Constituyente, y todos los actos oficiales del Gobierno de la Provincia en su carácter de Poder Ejecutivo Nacional.

3.º El Ministro Secretario, encargado del Departamento de Gobierno, ordenará el cumplimiento del presente, con el cual se encabezará el Registro.


DEPARTAMENTO DE GOBIERNO.
LEY FUNDAMENTAL.
Sala de Sesiones del Congreso General Constituyente.
1. Buenos Ayres Enero 24 de 1825.

El Presidente del Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas del Rio de la Plata tiene el honor de comunicar al Exmo. Gobierno de Buenos Ayres, que reunidas ellas en Congreso han reproducido con fecha de ayer, por medio de sus Diputados y del modo mas solemne, el pacto con que se ligaron desde el momento en que, sacudiendo