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Página:Revista de España (Tomo I).djvu/95

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con motivo del proyecto de ley sobre vagancia.

acaecer, CON MOTIVO DEL PROYECTO DE LEY SOBRE VAGANCIA.quiera para que la ley positiva le revista de aquel triste carácter, conviene economizar en lo posible el poco edificante espectáculo de leyes que se dan y no se cumplen, ó lo que es peor y puede tambien de leyes que se cumplen con discrecional intermitencia, Si recorremos, siquiera sea someramente, la historia del derecho penal de las naciones, veremos que el tino y la sabiduría de los legisladores les ha enseñado á renunciar, por motivos de conveniencia pública, al castigo de ciertas acciones no indiferentes, no simplemente culpables, sino que revelan un gran fondo de depravacion moral. El pecado de bestialidad y sodomía castigado con la hoguera por las leyes recopiladas, y en virtud de una prueba privilegiada, ó sea meramente indicial, no se menciona siquiera en nuestro Código. Todo el mundo puede ser hoy todo lo judío, infiel ó hereje que se le antoje, seguro de que, como no pase de ahí, ni la inquisicion religiosa, ni la política han de hacerle representar autos de fe, ni venir á turbarle en la tranquila posesion de sus creencias. Sin exponerse más que á una reprension, y tal vez á tres duros de multa y á un dia de arresto únicamente, se blasfema de Dios ó de la Vírgen, siendo así que las penas más atroces, penas verdaderamente horrendas, fueron en otro tiempo el correctivo de estos hechos que el Código no se digna elevar á la categoría de delito, contentándose con relegarlos al modesto lugar de las culpas veniales bajo la ténue denominacion de faltas. Pues si tratándose de inmundas violaciones de la honestidad y del pudor; si tratándose de ofensas á la Divinidad, el legislador, por razones de interés y de prudencia, ha tenido que doblegarse y transigir, ¿por qué se extrañaria que observase una conducta análoga respecto á una condicion que podrá ser, á todo tirar, el vestíbulo del crimen, pero ni un punto más? ¿No es un contrasentido y un verdadero anacronismo que cuando en materia de industria y de trabajo va prevaleciendo el principio de la libertad ilimitada y la máxima del laisser aller, que cuando las legislaciones van permitiendo las coaliciones de obreros y la abstencion colectiva, deliberada é indefinida del trabajo, se venga á castigar, no al ocioso con renta, no al parásito rico, no al holgazan que disipa improductivamente el trabajo que otros acumularon, sino al médico sin enfermos, al abogado sin pleitos, al obrero sin obra, al que sufre la desgracia de no tener, al que vive de lo que le da la caridad ó la amistad, es decir, vive de lo que hace suyo en virtud