Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo III (1819-1820).djvu/152

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SENADO CONSERVADOR

para suplir la indijencia i adquirir los medios de la conservacion no debe perdonarse sacrificio, no habiendo excepciones que sostengan derechos en perjuicio de la patria i de la lei santa que nos impone el precepto de afianzar la subsistencia al país, deberá sostenerse esta declaracion; i para su cumplimiento i publicacion se pasará en copia al Excmo. Señor Supremo Director. I cerrado el acuerdo, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario.- Perez. Alcalde. Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla.- Villarreal, secretario.