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SENADO CONSERVADOR
- la capital acompaña un informe del procurador de la ciudad sobre la detentación de unos bienes del Ayuntamiento. (Anexos números 40 i 41. V. sesiones del 4 de los corrientes i del 29 de Abril último.)
- De otro oficio en que el mismo Cabildo comunica para resolucion del Senado que el procurador de ciudad ha renunciado por lo exiguo del sueldo, i no se encuentra persona idónea que quiera aceptar el puesto, i que el alcaide igualmente ha renunciado por la rebaja de cien pesos de su sueldo i tampoco será posible encontrarle subrogante. (Anexo núm. 42. V. sesiones del 2 i 21 de Junio de 1819 i 2 de Mayo de 1823.)
- De otro oficio en que el mismo ▼Cabildo reclama como un derecho propio las adjudicaturas de gallos i carreras, adjudicaturas que con perjuicio suyo cedieron los Presidentes a la mayoría de plaza. (Anexo núm. 43.)
- De otro oficio con que la ▼Comision Rateadora acompaña una lista, suplemento a la lista jeneral, de los individuos que debiendo contribuir no habían sido incluidos en esta última. (Anexos núms. 44, 45 i 46. V. sesiones del 14 i 21 de Abril i de 4 de Junio de 1819.)
- De tres solicitudes entabladas por don Francisco Gutiérrez i Rios, don Diego Serrano Bossena i don Antonio Lopez en demanda de que se les exima de pagar la contribucion mensual.
ACUERDOS
Se acuerda:
- Pedir informe al Teniente-Gobernador de los Andes sobre una flajelacion de tres mujeres ordenada por don Ramón Guerrero, comandante accidental del batallón número 11, con calidad de que haga las averiguaciones del caso i recoja testimonios i los remita orijinales bajo toda reserva. (Anexo núm. 47. V. sesiones del 2, 17 i 29 de Julio de 1819 i del 3 de Agosto de 1821.)
- Pasar al Gobernador-Intendente de la capital copia del acuerdo del 30 de Diciembre sobre juzgamiento de los facinerosos, para que la Comision proceda conforme a él, i circular la misma copia en todas aquellas provincias donde se nombren Comisiones análogas. (Anexo núm. 48. V. sesiones del 14 de Junio, del 24 i 30 de Abril de 1823 i 12 de Julio de 1819.)
- Declarar que si el Senado ha mandado redoblar las medidas de seguridad, no es porque conozca personas contra quienes proceder determinadamente por perturbadores del orden, sino porque ellas existen, i que el Gobernador-Intendente habia obrado conforme a los designios del Senado al instar al comandante jeneral de armas a redoblar la vijilancia. (Anexo núm. 49. V. sesión del 13 de Abril de 1824.)
- Oficiar al Gobernador-Intendente ordenándole que proceda a prefijar el cánon de arriendo del departamento del Instituto que ocupa el coliseo, poniéndose de acuerdo con don ▼Francisco Ramon de Vicuña i obrando con audiencia del director de aquella empresa. (Anexo núm. 50. V. sesiones del 9 i 21.)
- Pasar las solicitudes de Gutierrez, Serrano i Lopez al Gobernador-Intendente para que éste resuelva lo que fuere de justicia. (Anexo núm. 51.)
- Declarar que la compañía de plaza se estableció para el servicio i auxilio de las autoridades civiles; que, en consecuencia, el Gobernador-Intendente debe pedir a ella ocho soldados p ira que sirvan de ordenanzas permanentes de los inspectores de cuartel; que si no se pueden proporcionar, se debe obligar a los inválidos a prestar aquel servicio bajo apercibimiento de privarlos de sus pensiones. (Anexo núm. 52.)
- Pasar el suplemento de la lista del rateo al Gobernador-Intendente, por corresponder al Supremo Gobierno la resolucion de lo que la Comision Rateadora espone. (Anexo núm. 53. V. sesión del 11 de Noviembre de 1819.)
- Pasar los antecedentes relativos a la casa que fué de Alen al Supremo Director i pedirle que en vista de ellos, decrete la ven