Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo III (1819-1820).djvu/498

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SENADO CONSERVADOR

circunstancias lo exijan, determina que por falta de mayor número de contadores mayores, subroguen cualesquiera jefes de Hacienda, por suponer en todos igual instrucción en asuntos de esta clase a la que pueden tener los contadores mayores. Así queda legalmente concluido este asunto sin temor de resultas, que es el único fin con que el Senado liace a V.E. sus observaciones, que solo por una siniestra interpretación podrán causar el desagrado que se anuncia. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Enero 12 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.