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SESION DE 13 DE ENERO DE 1820
SENADO CONSERVADOR
SESION 184, ESTRAORDINARIA, EN 13 DE ENERO DE 1820
PRESIDENCIA DE DON JUAN AGUSTIN ALCALDE


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. -Recurso de don José Rodríguez Azagra sobre exencion del pago de la cuota tributaria. —Solicitud de don Juán Jovet. —Acta. —Anexos.


Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Bozas José Maria de
Villarreal José Maria (secretario)

CUENTA

Se da cuenta:

De una representacion de don Juan Jovet, arrestado por tentativa de revolución. (V. sesiones de 13 de Noviembre de 1811, 3 de Febrero de 1819 i 22 de Setiembre de 1826.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Declarar que la exencion de contribuciones a los postas fué otorgada solamente a aquellos que sirven estos empleos por sí mismos, i que no poseen mas bienes que esa miserable renta; en consecuencia, que don José Rodríguez Azagra, dueño de la mejor hacienda de Casablanca, debe pagar la cuota que se le ha fijado, i comunicarlo al Supremo Director, con advertencia de que el Excmo. Senado está escojitando la manera de hacer contribuir a ciertos empleados, sin perjuicio del descuento del tercio de sus sueldos. (Anexo núm. 730. V. sesiones del 22 de Octubre de 1819 i del 12 de Enero de 1820.)
  2. Pasar al Supremo Director la representacion de don Juan Jovet para que resuelva lo que estime conveniente. (Anexo núm. 731. V. sesion del 15.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a trece días del mes de Enero de mil ochocientos veinte, estando el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, se vió la consulta del Supremo Director sobre la excepcion opuesta por don José Rodríguez Azagra para libertarse del préstamo en auxilio para la espedicion al Perú, por la circunstancia de ser maestre de postas de Casablanca; i resolvió S.E. que el privilejio se había contraído solo a los que, sirviendo por sí mismos aquel empleo, no contaban con otros bienes de fortuna que la miserable