Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo III (1819-1820).djvu/620

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
620
SENADO CONSERVADOR
Deudas Pasivas
Pesos Rls.
Núm. 6. El mismo Vilugron debe 1,000 pesos, resto de 1,500 en que compró i afianzó en 6 de Setiembre de 1817 los efectos secuestrados al prófugo don Pedro Arrué i su cobro se halla en el estado que espresa la partida anterior. 1,000
Núm. 7. Don Martin Andonaegui debe 2,269 pesos 6 ¼ reales, resto de 22,631.1 ¾, importe de una partida de azúcar que le vendió el Estado de la secuestrada en Valparaíso i afianzó en 13 de Agosto de 1817; como ha sido exacto en el pago de la demas cantidad, no hemos dificultado esperarle para la entrega del resto, que nos ha prometido hacer a la mayor brevedad. 2,269
Núm. 8. Don José María Diaz debe 2,116 pesos 4½ reales, resto de mayor cantidad que importaban los efectos que tenia en su poder en 24 de Agosto de 818, de los secuestra dos a varios prófugos, i se le permitió enterar con 500 pesos mensuales, de cuyas resultas es aquella deuda. 2,116
Núm. 9. Don Gabriel Valdivieso debe 6,461 pesos 5 reales, resto de los ganados i otros bienes pertenecientes al prófugo don Bernado Soffia, que remató en 19 de Noviembre de 817 i afianzó en 11 de Agosto de 818. Hai espediente iniciado sobre no habérsele cumplido a Valdivieso su remate i se escusa al pago con este motivo. 6,461 5
Núm. 10. Don Ramon Silva, vecino de Petorca debe 1,814 pesos 4½ reales, resto de 4,676.5½ que importaron los efectos secuestrados al prófugo don Gregorio Martínez i afinzó en 15 de Noviembre de 1817; tenemos encargado a nuestro teniente de aquel partido la recaudacion de dicha cantidad i últimamente nos escribió que para el mes de Diciembre debia recojer parte de ella. 1,814
Núm. 11. Don Romualdo Silva vecino de la misma villa debe 192 pesos, resto de 403 que nuestro teniente del mismo partido nos dió parte ser deudor del prófugo don Gregorio Martínez, cuya cobranza está a su cargo i nos tiene escrito que para este mes habia quedado el deudor en pagar. 192
Núm. 12. Don Juan Agustin Luco debe 375 pesos 6 ¾ reales, resto de 9,328.1 de dos obligaciones que tenia otorgadas a favor de don Pedro Nolasco Mena, a quien se le recibieron en parte de pago de una partida grande de yerba que compró al Estado de la secuestrada a prófugos. Se sigue espediente para la recaudación del resto por algunas excepciones que ajita al deudor. 375
19,752
Por capitales e intereses vencidos de casas i haciendas secuestradas
INTERESES CAPITALES
Pesos Rls. Pesos Rls.
Núm. 13. Don José María Diaz debe 1,500 pesos de principal, resto de 1,749.4½ en que remató i afianzó en 27 de Agosto de 817 a pagar en el término de 10 años con sus respectivos intereses, una de las casas chicas pertenecientes a don Ignacio Arangua, sita en la calle de San Pablo, i 75 pesos de un año de ínteres cumplido en 27 de Agosto del corriente. 75 1,500
Núm. 14. Don Vicente Perez 1,446 pesos 3 reales en que remató una casa perteneciente al prófugo don Borja Varela, sita en la calle atravesada de San Pablo a pagar en 5 años con sus respectivos intereses, afianzado en 27 de Agosto de 1817, i 144.5 de dos años de intereses vencidos en igual dia del presente, para cuyo cubierto escribiremos a la Comisaria de Marina, donde se halla empleado. 144 5 1,446 3
Núm. 15. Doña Mercedes Rozas debe 1,366 pesos 3 reales en que remató una casa de don Borja Varela, sita en la calle de las Rosas, a pagaren 14 años con su respectivo interes, que cumple el 4 de Octubre, en que se le dió posesion. 1,366 3
Núm. 16. Don Santia