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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo III (1819-1820).djvu/621

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SESION DE 22 DE FEBRERO DE 1820
INTERESES CAPITALES
Pesos Rls. Pesos Rls.
go Muñoz i Bezanilla debe 3,740 pesos 2 reales en que remató la casa del prófugo don José Gundian, sita en la calle de la Moneda, para la Cañada, a pagar en 10 años con su respectivo Ínteres, afianzada en 2 de Setiembre de 1817 i dos años de dicho interes cumplidos en igual dia del presente, por cuyo pago le tenemos reconvenido 374 3,740 2
Núm. 17, Don Miguel Prado debe 1,156 pesos 7 3/4 reales en que remató la casa del prófugo don Fernando Cañol, a pagar en 5 años con sus intereses, de que debe dos años vencidos en 3 de Setiembre de 1819, en que se cumplen 115 1,156
Núm. 18. Don Francisco de Paula Fernandez ya difunto i por él su viuda doña Josefa Dueñas, debe 613 pesos 4½ reales en que remató una casa en la calle vieja de San Diego, perteneciente al prófugo don Borja Varela, a pagar en 5 años con sus intereses, con que está corriente 613
Núm. 19. Don Ramon Sepúlveda debe 1,163 pesos 4 reales, en que remató otra casa del citado Varela, sita en la calle de las Rosas para la Cañada, a pagar en 10 años con sus intereses que corresponden desde 3 de Setiembre de 817, i solo debe un año, que ha prometido pagar luego 58 1,163 4
Núm. 20. Don José Murillo debe 600 pesos en que remató una casita sita en la Chimba, perteneciente al prófugo Lorenzo Gaona, a pagar en 12 años con su respectivo interes, que corre desde 3 de Setiembre de 1817, en que la afianzó, i debe 36 pesos de intereses 36 600
Núm. 21. Don Francisco Gaona debe 1,783 pesos 4 reales en que remató una de las casas del prófugo Arangua, calle de San Pablo, a pagar en 10 años con su interes, que corre desde 5 de Setiembre de 1817, i de que debe un año cumplído en igual dia del presente 89 1,783 4
Núm. 22. Don Ramon Aris debe 1,836 pesos 3 reales de otra casa del citado Arangua, que remató, a pagar en 12 años con su interes, que cumple en 5 de Setiembre i está corriente 1,836 3
Núm. 23. Don José Antonio Prieto debe 1,363 pesos 1 ¾ reales del remate que hizo, en 1 o de Setiembre de 817, de la casita del prófugo Adrián Toro, sita en el Tajamar, a pagar en 10 años con sus intereses; i aunque la subasta fué en 1,817 pesos 5 reales, se le mandó abonar, de órden superior, la cuarta parte, como denunciante; de intereses debe un año cumplido en 10 de Setiembre del presente 68 1,363
Núm. 24. Don Juan José Echavarría debe 9,170 pesos en que remató una casa perteneciente al prófugo don Agustin Alcérreca, en la calle de la Merced, a pagar en 10 años con sus intereses, que corren desde 16 de Setiembre de 817 i cuyo pago ha prometido hacer cuanto ántes 917 9,170
Núm. 23. Don Felipe Calderon de la Barca debe 3,656 pesos 6 reales en que remató las casas de don Francisco Merlet i afianzó en 5 de Setiembre de 818, a pa