del Supremo Gobierno. Todas estas dentradas se invierten en lo siguiente: para la reposicion de la casa, cuartos, iglesia i sacristía; para pagar un capellan que dice misa todos los dias de obligacion; al sacristan la funcion de mi padre San Antonio, patron de dicha Casa; el novenario i funcion de ánimas; i por las misas que en ese dia se pagan a los capellanes de afuera; para la cera para todas estas funciones; por cien pesos anuales que se pagan al capellan del Campo Santo. Es en lo que se invierten todas estas dentradas; a su mayordomo solo un pico se le debe; lo que todo pongo en noticia de US. para su intelijencia. —Santiago de Chile i Enero 12 de 1819. —Juan Laviña.
Núm. 263
Agotados los arbitrios para engrosar el ▼Erario, al paso que se aumentan los cargos que sobre él gravitan, ha acordado el Senado que, no pudiendo por ahora cubrir al Ejército Unido lo adeudado hasta el fin de Diciembre próximo pasado i poner corriente las pagas en lo sucesivo, reconozca el Estado aquel crédito, dejando hipotecadas todas sus rentas para su efectiva satisfaccion en el término de seis meses; que desde el primero de Enero, todas las clases del Ejército, inclusive el Jeneral hasta el Alférez, se rebaje una tercera parte del sueldo que actualmente gozan; que sufra la tropa igual descuento i con calidad de reintegro en el propio término de seis meses. Que todo sueldo civil que hasta hoi ha tenido un descuento proporcional, tenga en lo sucesivo el de una tercera parte, sin distincion de clases ni empleos i solo por el término de seis meses con cargo de reintegro; i quedando todos los rentados, así civiles como militares, exentos del mensual i de toda contribucion, aun cuando gocen de otros bienes propios, a mas de su sueldo.
Comunico a V.E. esta resolucion para que, convencido de la justicia de ella i prévia la aprobacion del Excmo. Señor Jeneral en Jefe del Ejército Unido, en la parte que le toca, se publique i ejecute, trascribiéndose igualmente al Ilustre Cabildo i comision destinada al reparto de auxilios, para el conocimiento de la excepcion del mensual i otros gravámenes de que quedan exceptuados los rentados. —Dios guarde V.E. —Santiago, Enero 12 de 1819. —Al Excmo. Supremo Director.
Núm. 264
Excmo. Señor:
Se penetra el Senado de la mas viva gratitud con que deben conocer los pueblos del Estado las benéficas intenciones de V.E. i el incesante empeño, con que, mirándolo todo, trata injeniosamente del adelantamiento del país, sin perder de vista la mayor economía. Aprueba el sano i acertado pensamiento de suspender por ahora la Academia Militar, que podrá restablecerse en mejores circunstancias; i puede V.E. disponer la agregacion al Ejército de aquellos académicos que se conciban útiles para el servicio de las armas, procediendo en esta parte con toda la libertad propia de su celo. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Enero 12 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.
Núm. 265
Remito a US. de órden del Excmo. Senado la ▼representacion de don Pedro José Ramirez para que, mediante sus conocimientos, se sirva informar lo que estime conducente sobre el proyecto de la moneda de cobre, para espedir una resolucion decisiva sobre una materia discutida tantas veces i que necesita decidirse con toda la circunspeccion propia de un objeto tan interesante. —Dios guarde a US. —Santiago, Enero 12 de 1819. —Al Señor Superintendente de la Casa de Moneda.
Núm. 266
Los fondos destinados para la Casa de Recojidas conviene aplicarlos a otros designios mas benéficos al Estado i que tiene proyectados el Excmo. Senado; i sabiendo que Ud. fué encargado de esta Casa de misericordia, espera se sirva Ud. dar una razon de los capitales que estaban señalados i de las otras entradas que merecia la misma Casa. De órden de S.E., le comunico esta resolucion. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Enero 12 de 1819. —Al señor don Martin Calvo Encalada.
Núm. 267
Excmo. Señor:
El Senado se halla penetrado de los mas vivos sentimientos del beneficio de la Casa de Espósitos. Es de la primera atencion el auxilio de la humanidad en aquel lugar de misericordia. Ningun destino mas interesante pueden tener los propios de ciudad. El Senado queda economizando con detencion sus entradas i gastos para rebajar los que no sean de absoluta necesidad, i aplicarlos a tan profícuo destino; pero como los alimentos no admiten esperas, en el ínterin podrá V.E. mandar que el subastador de la plaza, don José Ignacio Sotomayor, entregue al Administrador de la Casa trescientos pesos, a cuenta del remate. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Enero 12 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.