socorro a los indios infieles, que acaso respetan mas el derecho de jentes, que los españoles.
Compare V.E. esta conducta con la que nosotros siempre hemos observado. No castiguemos los crímenes del Estado, mas horribles, por no irritar la tigraria bílis de los autores de todos nuestros males. No se deprima con la severidad del castigo la osada i pertinaz insolencia con que nuestros implacables enemigos domésticos incitan i protejen la contínua fuga hácia el enemigo de los prisioneros de guerra. No se considere a estos criminosos protectores como a una jente que ansía por estinguir la raza americana, promoviendo por los medios mas eficaces la continuacion de la guerra i la ruina total de la nacion. I dígame V.E. si la justicia i la política están o no en contradiccion con el indulto de Gonzalez.
Protesto que mi corazon es humanísimo, que he ahorrado siempre los derramamientos de sangre, aun contra el clamor de la justicia; pero en el caso presente yo no hallo un medio que sea conciliable para salvar la vida a este criminal. I espero que V.E. se sirva contestarme con la urjencia que piden los momentos. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago de Chile, Enero 14 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —José Ignacio Zenteno, Secretario. —Excmo. Senado del Estado.
Núm. 272
Excmo. Señor:
El deferir a la solicitud de doña Bernarda Acedo-Rico es un asunto de pura gracia, i, de consiguiente, propio del conocimiento de V.E. A este fin incluyo su representacion, recomendando a la consideracion de V.E. que el finado don José de Samaniego, esposo de dicha señora, despues de haber prestado en Chile sus servicios, desmintiendo, con decidida adhesion al sistema, los sentimientos de su oríjen peninsular, regresó al país como uno de los muchos jefes del Ejército de los Andes, que cooperaron a la restauracion de su libertad en la memorable accion de Chacabuco. Parece que tambien debe obrar en el concepto de justicia, la escasa i desamparada situacion a que ha quedado reducida doña Bernarda, sin contar con relaciones de familia capaces de auxiliar su indijencia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Enero 14 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —José Ignacio Zenteno, Secretario. —Excmo. Senado del Estado.
Núm. 273
De órden del Excmo. Senado, devuelvo a US. el adjunto proceso para los efectos del decreto del dia, incluyéndole igualmente la consulta que hace US. sobre la solicitud de doña Josefa Dumont, para el efecto de lo prevenido con la misma citada fecha. —Dios guarde a US. —Santiago i Enero 14 de 1819. —Al señor Gobernador-Intendente.
Núm. 274
Excmo. Señor:
Tratándose de economizar los grados i sueldos de todos los empleados en el ejército i del Estado, segun lo decidido por el Senado, de acuerdo con V.E., en circunstancias de que nuestros apuros i las actuales urjencias del Erario no permiten otra cosa que el limitar los gastos, conviene desde luego el Cuerpo en que queden por ahora suspensos los efectos del acuerdo de 12 de Diciembre último, corriendo en los términos que V.E. insinúa en su honorable nota de 12 del que rije, a que tengo la satisfaccion de contestar. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Enero 14 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.
Núm. 275
Por el recurso que dirijió a V.E. el administrador de la Casa de Espósitos, manifestando la falta de auxilios para sostenerla, ha visto el Senado las partidas de entradas i salidas de propios de ciudad, aplicables a aquel objeto i por cuyo motivo acompaña a V.E. el plan a su consulta. Examinado con detencion, ha parecido de necesidad su reforma. No hai ramo que no la haya sufrido, i si la economía debe jeneralizarse, dando el mejor ejemplo los padres de la patria, administran con placer el plan administrativo i distributivo que se adjunta. Por él se economizan mas de tres mil pesos, en solo los sueldos que se han pagado los dos años anteriores, que, unidos a los gastos estraordinarios que deben suspenderse, aumentan mas de cuatro mil. De esta cantidad tiene el Instituto la aplicacion de un mil pesos. Otros tantos pueden destinarse a estos establecimientos de misericordia i con el resto, que pasará de cinco mil pesos, tiene el Cabildo en mui poco tiempo como reponer el principal destinado a una Biblioteca Nacional, mayormente si V.E. consagra a este objeto la parte que tiene el Estado en los cajones de libros de la presa, para que, cuanto ántes, haya esta fuente de ciencias para la ilustracion de la juventud en el Instituto, decretada ya su reposicion. Sírvase V.E. mandar se comunique al Ilustre Cabildo esta resolucion para su mas puntual observancia, i disponer que en lugar de los alguaciles, suprimidos en el nuevo plan, sirvan a los inspectores de cuartel soldados de plaza, que no tienen otro destino, ordenándoles que a la hora acostumbrada se recojan a sus cuarteles. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Enero 14 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.