Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/367

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
365
SESION DE 16 DE MARZO DE 1819


tiempo con la ignorancia i estupidez." Pero ambas, desde mui atras, estuvieron en boga en España; los godos se quejaron a Amalasunta de que educaba a su hijo Athalaríco como no convenía a un Rei de godos, porque creian que la ciencia era incompatible con su rango i valor[1].

Es otra observacion de aquel publicista que, segun los principios impulsivos de una revolucion, serán sus efectos. Si la causa es pasajera, como fué en España la invasion francesa, nada debe esperarse; si ha sido lenta i por resentimiento, como la de América, subsistirá. Despues de una revolucion, continúa, volverá el pueblo a su letargo si el amor a la verdadera libertad no es el alma de su empresa. Solo al Gabinete español pudo ocurrir que el móvil de esta empresa es la ignorancia; pues en cédula de 1.º de Junio de 1814 atribuye la revolucion de América a excesos de imajinacion, i a la falta de una instrucion sólida i de un buen juicio.

No dudo que algunos relijiosos estarian disgustados con las ideas liberales; pero todas las relijiones felicitaron al Congreso por la Constitucion. Si el despreocupado Mably[2] dejó escrito que "los Eclesiásticos son enemigos de la libertad porque temen perder con ella una gran parte de consideracion i conocen que es mucho mas difícil conservar su influencia sobre un pueblo libre que gobernar absolutamente a un Monarca déspota", yo no adopto la jeneralidad de ese juicio con respecto a España, donde habia eclesiásticos tan libeales como él, i hago una excepcion absoluta de su regla con respecto a nuestra América, i especialmente a Chile, cuyos cleros son como los que ha esperimentado Morillo en Caracas i Santa Fé, cuando en oficio fecho en el cuartel jeneral de Monpox a 7 de Marzo de 1817 asegura al Ministro español que los habitantes... no aguardan sino ocasion de continuar sus designios criminales, i particularmente los Curas, entre los cuales no se encuentra uno bueno. Dijo una verdad, hablando por antífrasis.

Causa principal tambien, o el ajente mas poderoso de la prepotencia real contra las Cortes, fueron esos antiguos cuerpos militares educados en la ignorancia i habituados a la servidumbre. Tal es la ingratitud de los hombres, escribia Ciceron a Décimo Bruto, que abusan muchas veces de la libertad contra las personas mismas a quienes la deben[3]. Jefes como Elio; con la esperanza de medrar o de asegurar sus rangos, se ofrecieron i destinaron a disolver el Congreso, Felizmente, la América no vincula su suerte en veteranos como aquellos. Sus hijos todos, por sentimiento[4] i principios, se hacen soldados a sú vez, i los Jefes nivelan sus deseos por los de unos Jenerales que, ennobleciendo los ejemplos de Cincinato, Camilo, Fabio, Curio i Washington, ansían cimentar la independencia, para volver a su jenial retiro en una vida privada. I para omitir otras causas del desamparo de las Cortes i sosten del Rei, agregaré el espíritu de provincialismo, el descontento que reinaba, la discordia ambiciosa, el interes rastrero. ¡Quiera el cielo alejar de entre nosotros tan ominosas plagas de la libertad!

No sé que el Congreso de Chile se desacreditase por haber suprimido los derechos de estola. Si hubo algun disgusto en los Párrocos, seguramente seria porque en parte quedaron incóngruos, pero no porque esa abolician fuese una novedad perjudicial al público o una violacion de la inmunidad. Ántes i despues del Congreso de Chile se ha mandado en España por solo el Rei i se ha deseado verla jeneralizada[5].

El Consejo de la Cámara, por acuerdo de 10 de Enero i circular de 20 de Noviembre de 1795, aprobado por resolucion a consulta de 18 de Junio de 1804[6], mandó que de las primicias i diezmos se completase la cóngrua de los nuevos párrocos, sin computar los derechos de estola porque se deben exijir, ni los feligreses pagarlos. Esto mismo pidió se hiciese jeneral un Diputado de Galicia en las Cortes estraordinarias de Cádiz en la sesion II de Agosto de 1812. Si, como pienso, no fué aquella providencia la que causó el disgusto, sino el defecto de cóngrua, no sucederá lo mismo por la reunion del Seminario al Instituto, cuando las ordenanzas prometen su mejor manutencion, cuidado e instruccion. Mas, si se causó por dudarse de la jurisdiccion del Congreso, ya el público se halla mas ilustrado, o debe estarlo con las luces que ha difundido la imprenta, i con el Proyecto de Constitucion i bellas Notas que vió Chile en 813[7]. Allí se indica cuánto puede la Soberanía en lo eclesiástico, las ventajas de una educacion comun i análoga al Gobierno, i que para ella se pueden reunir los fondos del Seminario i otros mas privilejiados.

El honor de nuestro naciente Estado es justamente el que demanda ahora el restablecimiento del Instituto con la reunion acordada. Las armas defienden; las luces dan nombradía, guian i conservan: sin las armas, el Estado vendria a ser presa del enemigo, i sin leyes oportunas, o no


  1. Traité de l'opinion, t. I.
  2. Des Droits et des Dévoirs du citoyen.
  3. Epist. fam, 11 i 12.
  4. "La pasion dominante de los americanos es la libertad; i su gobierno, por el influjo de este sentimiento, tiene mas solidez". Guthrie, Geograf. Univers, cap. IV, v. América.
  5. Entre las proposiciones con que el Congreso de Soberanos en Aix-la-Chapelle parecia prestarse el año antepróximo a la mediacion entre España i América, la novena decia: "Habrá abolicion perpétua de diezmos: los gastos relativos al culto i sus ministros se pagarán de contribuciones que se levanten por cuenta del Estado, para evitar todo odio i aversion ,entre el Pastor i su grei, que jeneralmente producen los impuestos eclesiásticos i los abusos consiguientes en este órden." (Papeles estranjeros)
  6. Lei 9, tít. 20,1. Novís. Recop.
  7. Proyecto de una Constitucion para el Estado de Chile, tít. 12, i las ilustraciones VI i X.