rector, ministro i pasantes para el servicio del Instituto Nacional, cuyo restablecimiento le estaba encargado, era precisa su personal presencia, i que, atropellando por cualquiera inconveniente, debia regresar o, renunciando la comision, indicar la persona eclesiástica en quien podria recaer el nombramiento sin equivocar la eleccion, para evitar los malos efectos a que, de otro modo, podría esponerse el restablecimiento; i que, a mas de esto, presentándose cada dia nuevos i gravísimos negocios que resolver en este Excmo. Cuerpo, era interesante su comparecencia para desempeñar con mas acierto las ocurrencias que exijen prontísima resolucion.
Mandó S.E. que por secretaría se pidiera a la comision encargada del reparto i distribucion de los trescientos mil pesos que debe completar el vecindario para los gastos de la espedícion marítima, que sin pérdida de tiempo remitiera la lista o distribucion formal. I quedando todo ejecutado, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Fontecilla. -Perez. —Alcalde. —Rozas. —Villarreal, secretario.
ANEXOS
Núm. 504
Excmo. Señor:
Incluyo a V.E. la consulta que hace el Teniente-Gobernador de Rancagua en la causa que se le sigue de capítulos puestos por el Cabildo de la misma ante la Junta de Hacienda, para que V.E. se sirva resolver lo que considere justo. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Marzo 22 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.
Núm. 505
US. recordará que para resolver el artículo suscitado por el Rector del Seminario sobre la reunion al Instituto, se nombró una comision de teólogos, que se compuso de los doctores prebendado don Domingo de Errázuriz, don José Antonio Rodriguez, don Gaspar Marin i don Bernardino Bilbao, elejido en lugar del doctor don Diego Antonio de Elizondo, secretario de US. Despachóse la comision, i dictaminando el señor Errázuiz i Bilbao por la oposicion a la reunion, instruyeron al Excmo. Senado que adoptarla ni era útil ni conforme al espíritu del establecimiento del Seminario; pero los doctores Rodriguez i Marin, siendo de contraria opinion, manifestaron a S.E. que, debiendo llevarse adelante la reunion acordada en 1813 con el prévio allanamiento del venerable Cabildo Eclesiástico i el informe de todos los tribunales, no habia una razon para variar el plan propuesto. Conformóse el Excmo. Senado con el voto de los dos últimos, i sancionada la reunion, se dió cuenta al Excmo. Señor Director, quedando así concluido i chancelado el recurso; pero siendo US. un delegado del Supremo Gobierno para que, por lo terminante a lo eclesiástico, se organice, establezca i tenga su puntual efecto la apertura del Instituto, es de necesidad su pronto regreso para el cumplimiento de las benéficas intenciones del Excmo. Senado i del Supremo Gobierno. En esto tiene un interes la nacion i el voto jeneral del pueblo; i cuando por US. deben hacerse las propuestas de Rector, Ministro, pasantes, etc., es necesarísima su presencia personal, mediante a que la comision delegada no puede delegarse, principalmente en circunstancias que el actual señor Gobernador que a US. subroga no tendrá las mejores ideas en favor de la acordada resolucion. US. puede remediar este mal, o regresando prontamente, o renunciando de la delegacion con la indicacion de la persona eclesiástica en quien pueda recaer el nombramiento, sin esponernos a una equivocacion que puede producirnos malos efectos. La obra material del colejio ya está concluida, i para la formal, los demas comisionados, o se creen desautorizados para obrar por sí sin US., o no quieren hacerlo sin su intervencion. Bajo estos principios indico a US. la urjencia, manifestándole que, aunque sea atropellando por cualesquiera inconvenientes i aunque sea suspendiendo la visita, se sirva hacer el sacrificio de volver a la capital para poner en planta una obra de tanto interes, sin perder de vista que las gravísimas ocurrencias que cada dia se presentan en este Excmo. Cuerpo exijen su comparecencia. La salud del Estado i el bien público son los dignos objetos de los cuidados del Excmo. Senado; i si le ha menester para desempeñarlos con mas acierto, será éste uno de los motivos mas poderosos que le obliguen al regreso. Tengo el honor de comunicar a US. esta resolucion de órden de S.E. —Dios guarde a US. —Santiago, Marzo 22 de 1819. —Al señor Gobernador del Obispado, don José Ignacio Cienfuegos.
Núm. 506
Ya es urjentísimo tener a la vista el reparto i distribucion de los trescientos mil pesos que se mandó hacer en el vecindario para subvenir a los gastos de la espedicion marítima, i me ordena el Excmo. Senado reconvenga a Uds. por la pronta remision del cálculo o lista distributiva de la precitada cantidad. —Dios guarde a Uds. —Santiago, Marzo 23 de 1819. —A los señores de la Comision del rateo i reparto acordado.