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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/474

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SENADO CONSERVADOR

Director para evitar el contrabando i arrancar de raíz el oríjen de la ruina que lamentamos. I quedando despachadas las comunicaciones acordadas, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Fontecilla. —Perez. —Rozas. —Cienfuegos. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 649

De órden del Excmo Senado, devuelvo a US. los autos de don Juan Agustin Luco por cobranza de pesos, que remitió a consecuencia de lo prevenido por S.E., para que, en la intelijencia de haber instruido Luco el dia siguiente del reclamo que meritó el informe haber padecido la equivocacion de que la apelacion que se le concedió en la causa habia sido para el Excmo. Senado, se dicten las providencias que correspondan para que pase a la Junta superior de Hacienda. —Dios guarde a US. —Santiago, Mayo 10 de 1819. —Al señor Intendente Juez mayor de Policia.


Núm. 650

Excmo. Señor:

Tiene entendido el Senado que hai mucho abandono i descuido en el reconocimiento de los cajones i tercios que estraen los estranjeros despues de su desembarque con devolucion de derechos, conforme a la facultad que les da el art. 68 del Reglamento de Libre Comercio. En esto se cometen grandes fraudes. Venden las mercaderías, introducen otras, o frutos del país, i los estraen, perdiendo el Estado los derechos de la introduccion i de la salida. No cree el Senado, segun el estilo i maniobras que se observan, suficiente el rejistro de una o mas piezas que previene aquel artículo.

Es preciso un reconocimiento jeneral de todas, que aleje las justas sospechas del Gobierno. Lo mismo deberia practicarse con los zurrones de plata, si el Senado no tuviese ya acordado otro medio mas seguro de evitar este contrabando. Es preciso atacar de frente aquel mal i no omitir medio para arrancarle de raíz, como oríjen de la ruina que esperimentamos. Así V.E. podrá ordenarlo, comunicándolo a quienes corresponda para su cumplimiento. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, mayo 10 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.