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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/98

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SENADO CONSERVADOR

Directorial de Santiago, Noviembre 26 de 1818. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 125

S.E. el Supremo Director, viendo la necesidad que tenia el Estado de fomentar una fuerza en la mar capaz de contener al enemigo i asegurar el Reino, se valió de los medios mas oportunos para tan interesante fin, que era armar una escuadra respetable como la que actualmente tenemos. Para ello compró el navío Lautaro; i en los dias inmediatos a su compra llega el Cumberland remitido por nuestro ajente en Lóndres. El costo de ambos i demas anexos gastos demandaban una cantidad de mas de 400,000 pesos, los que no tenia el Estado como poderlos cubrir por la suma escasez del Tesoro Público. En estos apuros toma S.E. el arbitrio de exijir de los individuos pudientes del Estado aquella cantidad en empréstito, con la calidad de devolver a cada uno la parte que le tocare dentro del término de dos años con el interes de un 6%. En el reparto tocó a la Provincia de Coquimbo la de 80,000 pesos, como se le previno al Gobernador-Intendente de ella el 28 de Junio próximo pasado, de los que se han librado 20,000 pesos a favor de don Ricardo Eprice por los Ministros de la Tesorería Jeneral, segun se les ordenó por decreto de 3 de Agosto anterior, para en parte de pago de aquellos navíos, i 15,000 pesos despues al mismo Eprice, los que no tuvieron efecto porque el Estado se aprovechó de siete barras de plata que para ello habia remitido el Gobernador-Intendente, i fué preciso volverlos a librar, con fecha 4 del corriente, los mismos 15,000 pesos. Es decir, que contra los 80,000 pesos hai jirados en libranzas 35,000 pesos. Lo que podrá a V.E. servir de norte para los fines que indica en su nota de ayer, a que tengo el honor de contestar de suprema órden. —Dios guarde a V.E muchos años. —Santiago i Noviembre 27 de 1818. —Anselmo de la Cruz.


Núm. 126

Excmo. Señor:

No pudiendo dudarse que los padecimientos, atrasos i perjuicios de don Antonio José de Irisarri han sido demasiado notorios a este pueblo, que ha visto sus sacrificios en favor de la libertad del país, i no pudiendo ocultarse el singular i recomendable servicio a que se le ha destinado para las Cortes Jenerales, ha acordado el Senado que, consultando por una parte el auxilio de su familia, que deja abandonada, para desempeñar su comision, i atendiendo por otra a las actuales urjencias i apuros del Erario, se le asista de los fondos del Tesoro Público, por el tiempo de su ausencia, con cien pesos mensuales para la inevitable alimentacion de su consorte i familia. Tengo el honor de comunicar a V.E. esta resolucion, en contestacion a su honorable nota de 26 del que rije. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Noviembre 28 de 1818. —Al Excmo. Señor Supremo Director.