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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IV (1820).djvu/114

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SENADO CONSERVADOR
Pesos
del patio accesorio que era de la enfermería de los regulares de la Compañía, setecientos veinte pesos; i doscientos pesos el alquiler de los principales en que antiguamente estuvieron situadas las aulas de latinidad, que hacen los mismos 1520
Item. De propios de ciudad, por la renta con que el Ilustre Ayuntamiento sostenía una escuela pública de primeras letras, trescientos pesos 300
Item. Del ramo de balanza, por la asignacion que tenia en él la Academia antigua de San Luis para su fomento, dos mil pesos 2000
Item. Del mismo ramo por la que correspondía a la Universidad de San Felipe para rentar su cátedra, i para los demas gastos necesarios de aquella escuela, cinco mil pesos 5000
Item. Del ramo de Hacienda, por el interes de veinte mil pesos, que se tomaron de la testamentaría de don Agustin de la Concha Diaz i que dejó éste aplicados por sus últimas disposiciones, para que con sus réditos se le dijese una misa diaria en la parroquia del lugar donde habia nacido, perteneciente a Castilla la Vieja, en los reinos de España, i para la fundacion de una escuela pública de latinidad, un mil pesos 1000
Item. Del Tribunal de Minería, para el fomento de la cátedra de química que debia erijirse conforme al plan de sus constituciones, un mil pesos 1000
Item. Del Tribunal del Consulado, un mil pesos 1000
Item. Del Seminario Eclesiástico, por la hijuela que le correspondía en gruesa de diezmos, tres mil quinientos pesos 3500
Item. De las contribuciones que debieron hacer los alumnos que no eran seminaristas, ni vestían becas de gracia para sus alimentos, i que eran de ochenta pesos por cada uno, se regula tuvo el Instituto de ingreso anual, cuatro mil pesos 4000
19320

Suman estas partidas la cantidad de diezinueve mil trescientos veinte pesos, de que estuvo en postsion el Instituto durante el tiempo en que permaneció, i no se agregan a ellas los productos de los principales que tiene a censo e interes el Seminario eclesiástico, no obstante de que también se le asignaron por razon de fondos, por no haber llegado a percibirlos hasta tanto que se disolvió.

Santiago, 20 de Enero de 1819


Dr. José Franciaco de Echáurren

Núm. 157[1]


EL EXCMO. SENADO A LOS PUEBLOS

Ciudadanos chilenos: Ya se acerca el dia en que se cumplan vuestros votos i vean nuestros hermanos oprimidos del Perú realizadas sus esperanzas, llevándoles el pabellon de la libertad. Apresuraos a hacer el último sacrificio de vuestras fortunas, concurriendo cada uno por su parte con la cantidad que le ha correspondido: la suerte de la América i sus destinos penden de la espedicion al Perú. Cuanto ántes se verifique, sereis libres de nuevos gravámenes, i tendrá Chile la gloria que su influjo i jenerosidad uniformen la opinion de la América del Sur, que consolide i afiance su libertad e independencia. —Sala del Senado, Abril 24 de 1820. —José María Rozas. —José Ignacio Cienfuegos. —Francisco de Borja Fontecilla. —Francisco Antonio Perez. —Juan Agustín Alcalde.


Núm. 158

Excmo. Señor:

Es indudable que para realizar la recaudacion del último empréstito en auxilio para la espedicion al Perú, es necesaria toda la actividad que exije el negocio de mas interes en nuestros dias; i sí, penetrado V.E. de estos sentimientos, cree que la comision que se tiene elejída sea presidida por un individuo del Senado, conoce el cuerpo que aun será mejor concentrarla en ese vocal i que éste lo sea el señor coronel de ejército don Francisco Borja Fontecilla, autorizándole con la plenitud de facultades que ha menester para hacer ejecutivas sus providencias, que deberán ir vigorizadas con la calidad de irreclamables, pues de otro modo, se pasará el tiempo en recursos i no veremos el efecto que se apetece. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Abril 24 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 159

Excmo. Señor:

Cabalmente el arreglo del tesoro público es el objeto de la primera atencion del Supremo Gobierno, i si el Ministro de Hacienda es el principal resorte que debe dar movimiento a esta alma del Estado, es preciso se halle adornado de las cualidades conducentes, i de aquellos conocimientos que abraza la inmensa variedad de los ramos i las grandes materias que tienen que

  1. Este documento lia sido trascrito del tomo 8.º de rápeles sueltos de la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)