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SESION DE 24 DE ABRIL DE 1820

tocar. Aprueba el Senado la variacion que le insinúa V.E., i entiende que, para este despacho serán mui a propósito el doctor don José Antonio Rodríguez, don José Ignacio Eyzaguirre i el licenciado don Agustin Vial. Puede V.E. elejir de los tres el que le pareciere, en la intelijencia que, por sus buenas luces, por sus antiguos conocimientos en materias de hacienda i por el concepto público que merecen, contará el Supremo Gobierno con un servicio pronto, i el Erario merecerá la mejora que desea V.E. en honor del país. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Abril 24 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 160

Excmo. Señor:

A presencia de las nuevas observaciones que hace V.E., sobre lo juzgado por la Junta de Hacienda, en el recurso del subastador del nuevo impuesto sobre la cal, carbón i leña, declara el Senado que, en aquellas sentencias en que, interviniendo el interes fiscal, haya quebrantamiento de lei i se pasen a V.E. para su aprobacion, conforme a lo prevenido en la Constitucion, se remitan en consulta al Supremo Poder Judiciario siempre que el fiscal ni la parte que contiende, haya interpuesto recurso, i que lo que allí se decida, con la vista de los autos, se cumpla i ejecute, tomándose el arbitrio de elejir letrados que desempeñen las funciones de aquel Supremo Poder, en el ínterin se establece, según lo dispuesto en la misma Constitucion, lo que servirá de regla para concluir las dudas que hai pendientes i prevenir o nó el cumplimiento de lo decidido por la Junta de Hacienda, en la instancia del mencionado subastador. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Abril 24 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 161

Excmo. Señor:

Pasa el Senado a V.E. el reclamo del rector del Instituto Nacional, recomendando su esposicion para que, en el concepto de estimarse justa, se sirva acceder a lo que propone, i parece arreglado, si a V.E. no se presentan otros inconvenientes que la hagan inverificable. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Abril 24 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.