Otro, de 4,000 pesos que debe la hacienda del finado don Ramon Ramírez, por deuda contraída con el prófugo don Pedro Juan de Pozo. No ha habido postor para su remate anteriormente; de nuevo se está pregonando.
Otro, de la hacienda de Quivollo, el que, con postura por don Julian Letelier i don Cayetano Astaburuaga, tengo remitido.
Unas tierras de don Juan Crisóstomo Zapata, arrendadas en 15 pesos al año.
Otras tierras del mismo, a orillas del Maule, arrendadas en 15 reales.
Otras id. de id., dadas por órden suprema a varios beneméritos patriotas.
Un espediente de Guaraculen, ultra-Maule, del finado don Agustin Molina, el que remití al correspondiente comisionado de aquel partido.
Un espediente de cobro de tres mil ciento i tantos pesos a doña Mercedes Olave, como fiadora del caudillo José Prieto, del remate i alcabalas.
Mas, mil pesos que fueron puestos de contribucion al europeo Juan Reinal. Ha entregado sesenta arrobas de vino de cosecha de su finca.
No van puestas las entradas de dinero en poder de aquel comisionado, por no haberme remitido éste las noticjas que he pedido, lo que haré luego que lleguen a mis manos. —Santiago i Mayo 29 de 1820. —▼Juan Rafael Bascuñan
Núm. 275
Haciendas | Subastadores | Cantidades del arriendo | Tiempo | Fiadores | |||||
Caimaco | Doña Juana María Vargas | $ | 260 | Un año | |||||
Santa Ana | La misma | 40 | Id. Id. | ||||||
San José | Doña Antonia Casanueva | 50 | Id. id. | Don Juan A. Villota. | |||||
Collico | Don Basilio Fernández | 700 | Dos id. | Don Joaquín Mellado i don Antonio Figueroa. | |||||
Bulluquin | Don José Ignacio Rozas | 165 | Uno id. | Don Manuel Pantoja. | |||||
Pegulmeo | Tomas Bastidas | 10 | Id. id. | Id. id. id. | |||||
Bularco | Don Juan de D.A. Tirapegui | 150 | Id. id. | Don Fernando Figueroa. | |||||
Tablón | Don Nicolas Peñalillo | 25 | Id. id. | ||||||
Coyanco | Don Pedro Fernández | 24 | Id. id. | Don Manuel Pantoja. | |||||
Manzano | Doña Petrona Mantega | 200 | Id. id. | ||||||
$ | 1,624 | ||||||||
Nota. —El dia en que deben principiar a contarse estos arriendos, se espresa en los respetivos espedientes. Doña Juana María Vargas, Tomas Bastidas, don Nicolas Peñalillo i doña Pétrona Mantega, no han presentado aun sus fianzas i deberán hacerlo mui breve. A la primera se mandó otorgarlas en el término de ocho dias, que se hayan cumplidos, según consta del espediente sobre el particular, que obra en poder del actuario. —Aduana de Concepcion, Mayo 31 de 1822. —Rio. —Escopia de su orijinal de que certifico. —Concepcion, Octubre 15 de 1822. —Juan Ignacio de Vargas, escribano de Gobierno i Hacienda.
- ↑ Este documento ha sido trascrito de espedientes sobre secuestro del archivo déla Tesorería Jeneral, actualmente en la Biblioteca Nacional; i aun cuando él i los dos siguientes corresponden at ano de 1822, los agregamos aquí para completar en lo posible los estados de los secuestros. —(Nota del Recopilador.)