- don José Ignacio Cienfuegos. (Anexo número 341.)
- Para resolver la reclamacion del secretario de los comerciantes ingleses de esta capital, mandar que se traiga a la vista lo que el comandante de las fuerzas navales de S.M.B. haya espuesto. (Anexo número 342. V. sesion de 1.º de Julio de 1820.)
- Sobre la solicitud de don Juan Ox, resolver lo siguiente: "Pase al senador comisionado, para que, teniendo consideracion a los servicios del suplicante, le alivie en cuanto sea posible i conforme a sus facultades."
ACTA
En la ciudad de Santiago de Chile, a diezinueve dias del mes de Junio de mil ochocientos veinte, estando el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, mandó se hiciera presente al Supremo Director que el 22 del que rije, entra de Presidente en turno de este Cuerpo Soberano, el señor Gobernador del Obispado, don José Ignacio Cienfuegos, i se avisaba a S.E. para que se sirviera prevenir se anunciara en la Ministerial, para el conocimiento del público i de las personas que tengan que dirijir recursos por el conducto del señor Presidente. I hecho, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Rozos. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Alcalde. —Villarreal, secretario.
ANEXOS
Núm. 336
Excmo. Señor:
Tengo el honor de pasar a manos de V.E., orijinal la contestación dada por el secretario del comercio británico, a una nota que, de mi órden, le dirijió el Ministro de Hacienda, que en copia también acompaño, para que V.E., teniendo a la vista ámbos contenidos, se sirva acordar lo conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Junio 16 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.
Núm. 337
S.E., el Señor Director, me ordena diga a Ud. que, necesitándose treinta mil pesos para llenar el déficit de igual cantidad en que ha quedado el empréstito de 300,000 pesos por la rebaja de un 10 por ciento que se vió precisado a conceder, se ha hecho por el mui Ilustre Cabildo una nueva derrama en que también han sido comprendidos los comerciantes estranjeros; S.E. bien conoce que esta no es contribucion sino préstamo; pero, aun así, no ha querido señalar cantidades ni pasar esquelas a tan jenerosos individuos, contando con que Ud. tendrá la bondad de convocarlos o verlos uno a uno para suplicarles de parte del Gobierno Supremo ejerciten por una vez su fraternidad correspondida con esta República, prestando diez mil pesos, pagaderos como dinero contante i sonante en cualesquiera derechos fiscales, que se adeuden por cargamentos venidos de las costas del Perú, que van a ocupar nuestras armas; cuya cantidad se recibirá en la tesorería jeneral, i se dará por los Ministros el recibo certificado. Tengo el honor de comunicarlo a Ud., como secretario que es del comercio británico, esperando el mejor i mas pronto resultado. —Dios guarde a Ud. muchos años. —Ministerio de Hacienda, 12 de Junio de 1820. —Dr. José Antonio Rodríguez. —Señor don Juan Diego Barnard.
Núm. 338
Señor:
Tengo el honor de acusar el recibo de su apreciable nota fecha de ayer, cuyo contenido lo he hecho saber inmediatamente a los comerciantes, subditos de S.M.B.
Siento tener que contestarle que he hallado en ellos un tan justo celo por sus derechos i deberes, como súbditos de una nacion amiga i neutral, a consecuencia del decreto del Supremo Gobierno, que consta en la Gaceta Ministerial del 10 del corriente, que íntimamente les toca; que todos ellos se retiran de contribuciones i préstamos de cualquier modo que sean, miéntras exista una lei que al tiempo que les quita el rango de neutrales, les haría en su ejecucion, faltar a las repetidas órdenes del Monarca, de quien son súbditos.
Deseosos que de su parte no falte nada para que dure la armonía, que hasta ahora ha existido, entre el Supremo Gobierno de Chile i los representantes de S.M.B. en este punto, les ha parecido ser del caso esponer al comandante de las fuerzas navales de S.M. en estos mares, el decreto referido, acompañado por una representacion respetuosa de su parte, i esperan que el resultado de la correspondencia que probablemente sucederá entre el Supremo Gobierno i el representante de S.M.B. sobre este asunto, salga en el mútuo bien de los dos países, i que influya al adelantamiento de sus relaciones mercantiles.
De órden de los comerciantes británicos residentes en esta capital, tengo el honor de pasar a