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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IV (1820).djvu/349

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SENADO CONSERVADOR

Núm. 489

Excmo. Señor:

Con fecha 23 de Febrero del presente año, sancionó el Senado el reglamento que pasó a V.E., para el despacho de los Ministerios del Supremo Gobierno, designando las atribuciones de cada departamento; i en 20 de Marzo, reconvino por la publicacion de este reglamento, i como quizás, por las grandes atenciones de V.E., no haya podido despacharse la contestacion, la verdad es que hasta el dia no se ha dado al público ese reglamento, i no pocos critican su falta i las equivocaciones que se padecen en el despacho de las ocurrencias que a cada Ministerio privativamente corresponden. Esto, i el conocer el Senado que no habrá habido observaciones que hacer a esta distincion de atribuciones, por convencerlo así el trascurso del tiempo que ha pasado, precisa al Senado manifestar a V.E. la necesidad de que se publique ese reglamento, comunicándolo en la Ministerial para que todos sepan el Ministerio a que deben ocurrir en sus pretensiones i recursos, pues, de otro modo, seguirá la crítica, sin poderse evitar los grandes majes que de ella resultan. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Setiembre 13 de 1820. —Al Excmo Señor Supremo Director.