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SENADO CONSERVADOR

pre lo mejor. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Santiago, Setiembre 21 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.



Núm. 516[1]

Excmo. Señor:

En estos dias he recibido varias representaciones de españoles europeos, solicitando cartas de naturaleza, dirijidas a V.E. i con su Pase al Gobernador-Intendente al pié, i no denotando esta providencia si es para que las admita o para que las devuelva, espero se sirva V.E. decírmelo.

También me ocurre duda acerca de los relijiosos. A los que se han presentado, he intimado que dentro de quince dias salgan para Valparaíso; pero faltan al ménos todos los de la recoleccion dominica; me persuado que el no haber comparecido sea efecto mas de su retiro o de intelijencia contraria, que de malicia, i para tomar medidas acertadas, también espero se digne V.E. declarar si se hallan en el caso del senado-consulto de 8 de Octubre de 1819. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Setiembre 16 de 1820. —Excmo. Señor. —José María de Guzman. —Excelentísimo Señor Director Supremo del Estado.


Núm. 517

Santiago, Setiembre 19 de 1820. —Contéstese que siendo posible que algunos españoles deduzcan causas justas para no ser comprendidos en la disposicion del senado-consulto de 8 de Octubre de 819, i estar, por consiguiente, aptos para pedir cartas de ciudadanía; es justo oirlos i proveer según el mérito de las justificaciones que produzcan. Pero, como se ha observado que, para tales informaciones, no faltan testigos que sin escrúpulo deponen en favor o a lo ménos se espresan en términos jenerales o anfibolójicos, es preciso admitir para ellos testigos patriotas mui calificados i, sin embargo, tener presente el concepto i opinion pública del solicitante. También se tendrá presente con los que alegaren la pobreza por causa de no haber ocurrido, el ser notorio que se han dispensado graciosamente cartas de ciudadanía a los que han probado su clase de insolventes, i que hai muchos pobres que no lo son para el moderado costo que les trae el beneficio apreciable de quedar iguales con los naturales del país. En cuanto a los relijiosos, consúltese al Excmo. Senado. —O'Higgins. —Echeverría.



Núm. 518

Excmo. Señor:

De acuerdo con el señor Gobernador del Obispado, he dispuesto que la procesion de Nuestra Señora de Mercedes, del domingo 24 del corriente, sea de rogativa, para obtener por su poderosa intercesipn con su santísimo hijo, un éxito feliz en los sucesos de la espedicion libertadora del Perú; que asistan todas las autoridades i corporaciones seculares i eclesiásticas, debiendo éstas llevar cera en mano, por no tener la suficiente para teda la concurrencia la cofradía que costea la procesion; i que ésta empiece a las cuatro i media de la tarde.

Tengo la honra de avisarlo a V.E. a fin de que concurra, con su asistencia, a esta piadosa funcion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Setiembre 21 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 519

Excmo. Señor:

Con la mas distinguida consideracion, paso a manos de V.E. orijinal el oficio i documentos de su referencia, que el Gobernador-Intendente de esta capital me ha dirijido, con fecha 18 del actual, consultándome si están comprendidos en el artículo 216 del reglamento de 1813, los seis pianos de que hace mérito el auto espedido por aquel juez, en ri de Julio último. V.E., con su conocido discernimiento, sabrá acordar lo conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Setiembre 21 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 520

Excmo. Señor:

La necesidad imperiosa en que se ha visto hasta aquí la República de confiar sus fuerzas marítimas a los estranjeros por falta de oficiales de marina nacionales, si bien no ha cesado aun de existir, al ménos, hace meditar sobre las razones de conveniencia i política que imponen un nuevo semblante al sistema de nuestra marina, haciéndola de algún modo independiente del servicio accidental de los estranjeros.

A este fin, el medio mas conducente parece ser la creación de una academia de náutica, donde se enseñe la aritmética, jeometría, trigonometría rectilínea i esférica, áljebra i práctica de la navegacion i maniobra. El número de los alumnos podrá ser por ahora de veinte, i con este plantel se cimenta la base de instruccion que

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Lejistaturas, 1820 a 23, pajina 57, del archivo del Ministerio de la Guerra. {Nota del Recopilador.)