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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IV (1820).djvu/37

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SESION DE 17 DE MARZO DE 1820

Gobierno para su ejecucion, se sirviera obrar con entera libertad sobre la solicitud de Lavin; proveyendo lo que estimara justo en otras de igual naturaleza.

No dudando S.E. de la justicia con que el Cabildo de esta capital interpeló su autoridad, para remediar el grave mal que ocasiona el desaseo i limpieza de las calles en que se interesa la salud pública, mandó se remitiera al Supremo Director la nota del mismo Cabildo para que, a presencia del artículo de la Constitucion y con intelijencia de las reglas establecidas en el reglamento de policía, se sirviera prevenir al Gobernador-Intendente, que proporcionando al juez de polícía urbana el auxilio del presidio con la preferencia que pide el aseo público, suspendiera por ahora cualquiera otra obra que no sea ni tan urjente ni tan necesaria; i ejecutado todo, firma ron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Alcalde. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 54

Excmo. Señor:

El espediente que acompaño a V.E. es pasado por la Junta de Hacienda a la aprobacion de auto de 29 de Febrero último. En esta circunstancia, recuerdo las contestaciones movidas en otro espediente de añiles decomisados. Nunca me he creído un espectador ocioso de los trámites curiales: estando al frente de la administracion pública en toda la estension de sus ramos y ramificaciones, me creo obligado por mi conciencia a esponer (ántes del aprobado) mis observaciones i reparos. En el presente advierto que está juzgado por principios de equidad, equidad que solo es inherente a mis facultades, i la Junta de Hacienda debe ceñirse a lo dispuesto por las leyes, i mucho mas cuando aparece a fojas 8 el acuerdo de V.E. Mis observaciones dan un paso mas allá de lo presente, i tengo por cierto que sí me convengo en esta gracia, no habrá un solo subastador de ramos i de diezmos que no entable sus jestiones paralizando los pagos. Toda la administracion debe descansar en sus bases; si éstas se remueven se resentirá el Estado. Espero el dictámen de V.E. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, 15 de Marzo de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 55

Excmo. Señor:

Tengo el honor de pasar a manos de V.E. la adjunta solicitud del emigrado don Manuel Villavaso, para que V.E., atendiendo a la cantidad de la materia, a la escasez a que está reducido el espolíente, i a su verdadero patriotismo, se sirva acordarle la gracia que solicita, si fuere del agrado de V. E. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Santiago, 16 de Marzo de 1820. -Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 56

Excmo. Señor:

Tengo la honra de devolver a V.E. el recurso que interpuso ante V.E. don José Hilario Ureta, a nombre de don Antonio Silva, i que me acompañó con nota de 15 del corriente, para que V.E. se sirva ordenar a la parte salve la informalidad que en él se advierte. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Santiago i Marzo 17 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 57

Excmo. Señor:

Para deliberar sobre el nombramiento del Majistrado de policía, conforme a la decision de V.E., de 11 del corriente, se servirá decirme el sueldo que debe asignársele. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago de Chile, Marzo 17 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 58

Excmo. Señor:

Tengo el honor de incluir a V.E. el espediente seguido por don Antonio Mendiburu, acerca de invalidar la moratoria concedida a don Ramon Lantaño. En vista del juicioso dictámen del Ministerio Fiscal, podrá V.E. dictar una lei que esclarezca las dudas que justamente propone. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Marzo 17 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 59[1]

Excmo. Señor:

Es bien notorio el desaseo de las calles, sin que esté a los alcances del Rejidor Juez de Poli

  1. Este documento ha sido copiado en el archivo de Gobierno, hoi en la Biblioteca Nacional, tomo Intendencia de Santiago, 1818-1824, pájina 204. (Nota del Recopilador.)